Penologa: Un anlisis desde la Perspectiva Retributiva de los Sistemas Penales

 

Penology: An Analysis from the Retributive Perspective of Penal Systems

 

Penologia: Uma Anlise da Perspectiva Retributiva dos Sistemas Penais

 

 

 

Luis Mauricio Maldonado-Ruiz I
lumaldonadoru@uide.edu.ec
https://orcid.org/0000-0002-0956-7869
 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: lumaldonadoru@uide.edu.ec

 

 

Ciencias Econmicas y Empresariales

Artculo de Investigacin

 

 

 

* Recibido: 13 de marzo de 2025 *Aceptado: 20 de abril de 2025 * Publicado: 31 de mayo de 2025

 

        I.            Abogado y Mster en Justicia Criminal y Criminologa, Docente de la Universidad Internacional del Ecuador, UIDE, Ecuador.

 


Resumen

El presente artculo examina el concepto de pena desde la perspectiva retributiva en el contexto de los sistemas penales. Se explora la fundamentacin, implicaciones y crticas asociadas a este enfoque. Desde la perspectiva retributiva, se considera que la pena debe ser impuesta como una respuesta proporcional al delito cometido, la justicia retributiva y la culpabilidad individual del infractor.

El estudio se centra en los fundamentos de la perspectiva retributiva, destacando la importancia de la proporcionalidad y la responsabilidad individual como criterios determinantes. Se argumenta que una relacin justa entre el delito y la pena impuesta es esencial para mantener la equidad y evitar la arbitrariedad en la administracin de la justicia penal.

No obstante, tambin se exploran las crticas y limitaciones asociadas a esta perspectiva. Se cuestiona su falta de enfoque en la rehabilitacin y reinsercin del infractor, as como su posible perpetuacin de un ciclo de violencia y venganza. Se destaca la importancia de considerar los factores sociales, econmicos y culturales que influyen en la comisin de delitos.

Como alternativa, se sugiere la inclusin de enfoques complementarios, como el restaurativo y el preventivo. El enfoque restaurativo busca la reparacin del dao causado y fomenta la participacin de las partes involucradas en la resolucin del conflicto. Por otro lado, el enfoque preventivo prioriza la prevencin del delito y la proteccin de la sociedad.

Palabras Claves: pena; restaurativo; rehabilitacin; reinsercin; infractor; delito.

 

Abstract

This article examines the concept of punishment from a retributive perspective in the context of criminal justice systems. It explores the foundations, implications, and criticisms associated with this approach. From a retributive perspective, the penalty should be imposed as a proportional response to the crime committed, retributive justice, and the individual culpability of the offender.

The study focuses on the foundations of the retributive perspective, highlighting the importance of proportionality and individual responsibility as determining criteria. It argues that a fair relationship between the crime and the sentence imposed is essential to maintain equity and avoid arbitrariness in the administration of criminal justice.

However, the criticisms and limitations associated with this perspective are also explored. Its lack of focus on the rehabilitation and reintegration of offenders, as well as its potential perpetuation of a cycle of violence and revenge, are questioned. The importance of considering the social, economic, and cultural factors that influence the commission of crimes is highlighted.

As an alternative, the inclusion of complementary approaches, such as restorative and preventive approaches, is suggested. The restorative approach seeks to repair the harm caused and encourages the participation of all parties involved in conflict resolution. On the other hand, the preventive approach prioritizes crime prevention and the protection of society.

Keywords: punishment; restorative; rehabilitation; reintegration; offender; crime.

 

Resumo

Este artigo examina o conceito de punio de uma perspectiva retributiva no contexto dos sistemas penais. A justificativa, as implicaes e as crticas associadas a essa abordagem so exploradas. De uma perspectiva retributiva, a pena considerada imposta como uma resposta proporcional ao crime cometido, justia retributiva e culpabilidade individual do infrator.

O estudo aborda os fundamentos da perspectiva remuneratria, destacando a importncia da proporcionalidade e da responsabilidade individual como critrios determinantes. Argumenta-se que uma relao justa entre o crime e a pena imposta essencial para manter a equidade e evitar a arbitrariedade na administrao da justia criminal.

Entretanto, as crticas e limitaes associadas a essa perspectiva tambm so exploradas. Sua falta de foco na reabilitao e reintegrao de infratores questionada, assim como sua potencial perpetuao de um ciclo de violncia e vingana. Destaca-se a importncia de considerar os fatores sociais, econmicos e culturais que influenciam a prtica de crimes.

Alternativamente, sugere-se a incluso de abordagens complementares, como abordagens restaurativas e preventivas. A abordagem restaurativa busca reparar os danos causados ​​e incentiva a participao das partes envolvidas na resoluo do conflito. Por outro lado, a abordagem preventiva prioriza a preveno do crime e a proteo da sociedade.

Palavras-chave: luto; restaurador; reabilitao; reintegrao; infrator; crime.

 

 

 

Introduccin

Es importante analizar la pena desde una perspectiva integral que involucre tanto a la criminologa como al derecho penal. El ttulo del presente trabajo investigativo nos determina este enfoque, as que su base ser el estudio de las penas y su relacin con el delito que lleva a desembocar en la imposicin de un castigo que la sociedad aplica a manera de retribucin por el dao causado.

Para la presente investigacin se definen ciertas categoras que nos permiten entender de mejor forma el asunto y de manera integral. Como primer punto se aborda el aspecto de la pena, se establece la conceptualizacin ms representativa, as mismo se establecen las caractersticas y las finalidades para las cuales se crean dentro de las legislaciones u ordenamientos jurdicos.

Tambin se examina a la penologa dentro de sus dos principales vertientes: reaccin social y reaccin jurdica. A partir de all, podemos construir la fundamentacin de las distintas teoras (absolutas, relativas y mixtas) que se promulgan con el objetivo de legitimar o justiciar la pena desde una u otra perspectiva terica elaborada por los tratadistas ms significativos.

Por ltimo, se hace hincapi en el tema de la retribucin y su relacin directa con el quebrantamiento de la norma (delito), y tambin se examina el factor de imputacin como elemento previo de la retribucin. Se crtica, adems, las distintas posturas tanto de afinidad hacia la poltica de retribuir (Sistema de Penas) como aquel que promueve la extirpacin del derecho penal (abolicionismo).

La Pena: Un anlisis Desde la Perspectiva Retributiva de la Pena

1.      La Pena

Hablar de penologa como ciencia exige exponer un acercamiento a su definicin que surja desde el concepto mismo de lo que es la pena para as ir desarrollando las categoras de anlisis que en lo posterior nos brindarn el esclarecimiento eficaz de los conceptos y temas aqu abordados. Es importante tomar en cuenta la subjetividad o ambigedad de muchas definiciones, no obstante, adoptaremos aquellas con la cual ms nos identifiquemos y nos permita lograr el fin acadmico del presente trabajo investigativo.

         Concepto

Para emitir una conceptualizacin acorde a los objetivos planteados, se toma en cuenta los aportes de dos de los pensadores ms representativos en torno a la temtica que se desarrolla en este trabajo. Por un lado, se saca a relucir el pensamiento kantiano de la pena y por otro, los aportes de Hegel, para que en conjunto se coloque a disposicin del lector las lneas de pensamiento ms viables para que pueda construir su propia conceptualizacin.

En su libro La Metafsica de las Costumbres Kant conceptualiza a la pena como un simple imperativo categrico, esto es, la determinacin de la pena como absoluta y necesaria en todos los mbitos que amerite establecer un castigo inexorable; as pues, el castigo resulta necesario e inevitable ante el quebrantamiento de la ley. La justificacin de la pena, en el pensamiento de Kant, no deriva de una finalidad externa, sino ms bien en s misma. Kant menciona: El hombre nunca puede ser manejado como medio para los propsitos de otro ni confundido entre los objetos del derecho real (De Agreda, 2018). As pues, podemos deducir que Kant resulta ser el principal pensador que defiende a ciencia cierta el aspecto retributivo de la pena.

Ahora bien, los aportes de Hegel en el afn de conceptualizar la pena, no difieren de los de Kant, a excepcin del modo en que justifican la misma. Para Hegel la pena es la negacin de la negacin del derecho (Vidaurri, 2018, p. 79); esto es, la pena llegara a ser el restablecimiento del Derecho, que ha sido denegado por el infractor, y que debe imperar fruto de la voluntad general plasmada por la sociedad, puesto que para Hegel la pena es el mecanismo a utilizar para hacer respetar el orden jurdico establecido y la paz dentro de un Estado de Derecho. As mismo considera a la pena como intrnsecamente ligada al Derecho, caso contrario se traducira en una pena sinnimo de mera violencia y arbitrariedad.

         Caractersticas

La pena debe reunir una serie de caractersticas para que pueda gozar de legitimidad que justifique su existencia, caractersticas esenciales entre las cuales, se han tomado en cuenta las siguientes:

-       Legal: Toda pena exige que se encuentre demarcada por una norma que otorgue seguridad jurdica para su imposicin; caso contrario, acarreara problemas legales en cuanto a la arbitrariedad y exceso se refiere, puesto que siendo el Estado el ente facultado para castigar se debe necesariamente establecer un lmite a su marco de accin.

-       Personal: Exige que mediante el uso del sistema judicial se aplique la pena, y, por ende, el castigo, a la persona o personas declaradas culpables de la conducta ilcita, tomando en cuenta el grado de responsabilidad y culpabilidad que concierne a cada quien en cuanto a su participacin delictiva.

-       Suficiencia: Aqu se toma en cuenta el nivel de eficacia de la pena en cuanto a que debera ser suficiente en s misma, esto es, que, mediante la aplicacin de la pena y el concerniente uso del Derecho Penal, no sea necesario acudir a otras vas para reponer el orden que se ha visto afectado por el acto daoso perpetrado por el agente infractor.

-       Insertiva: Esto demuestra congruencia con la finalidad de la pena, que, en el decurso de la misma, se promueva la reinsercin del condenado mediante la ejecucin del tratamiento debido. Esta caracterstica est directamente vinculada con el carcter de prevencin especial de la pena.

-       Disuasiva: Se configura en el efecto que genera tanto al individuo como a la sociedad en general. La disuasin permite que se reprima el futuro cometimiento de delitos y que el individuo no vuelva a cometer algn acto daoso por temor a la sancin a la que deber someterse.

         Finalidad

Para conocer la finalidad de la pena se toma en cuenta tres perspectivas de anlisis: Partimos de la finalidad retributiva de la pena promulgada por su mximo exponente, Immanuel Kant, para luego analizar la prevencin especial en sus dos modalidades: prevencin especial positiva y prevencin especial negativa; para culminar, con la prevencin general en sus dos vertientes: prevencin general negativa o intimidatoria y la prevencin general positiva o afirmativa.

-       Finalidad retributiva de la pena

En el desarrollo del fin retribucionista de la pena, Kant ha promulgado dos premisas importantes respecto a dicha interpretacin terica que nos sirven como elementos clave en el presente artculo:

1.      En relacin a la primera, Kant comprende que todos los criminales y slo los criminales deben ser castigados (Cordini, 2019). Se deduce la lgica de la retribucin sealada en Kant: Se le atribuye un mal o castigo (pena) al ofensor como pago y resarcimiento hacia la sociedad por el dao ocasionado y por atentar contra el orden establecido; no obstante, se destaca que dicha retribucin deber regirse bajo el manto de la objetividad y la justicia.

2.      Respecto con la segunda tesis, la gravedad de la pena deber ir en consonancia con el acto cometido: Se establece pues, el principio de proporcionalidad como elemento intrnseco de la pena y a donde Kant pretende llegar para que el castigo sea justo; justamente esta es una de las lneas de pensamiento que caracteriza a Kant cuando justifica el fin de la pena, llegar a la justicia y que sta se imponga.

 

 

-       Prevencin especial

Es trascendente hablar de prevencin como una finalidad altruista de la pena que va en consonancia con la teora y doctrina de los ms ilustrados y entendidos del tema quienes coinciden que la pena no significa una mera represin, sino, adems significa prevencin de futuros crmenes.

Como primer punto hablaremos de la prevencin especial. El jurista alemn Fran Von Liszt fue quien logr universalizar la idea de la prevencin especial o individual, al sostener que la pena estaba destinada a educar, proteger y corregir al sujeto delincuente con el fin de evitar que volviese a delinquir, esto es, para resocializarlo o rehabilitarlo (Durn, 2020). Esta es la nica finalidad que reconoce Liszt en la pena y que permite trascender de la idea vaga de retribucin como fin absoluto.

Ahora bien, haciendo alusin a una de las vertientes de la prevencin especial, la prevencin especial positiva, y segn el pensamiento integrativo del acadmico Durn Migliardi (2018), este tipo de prevencin sera aquella que tiende a evitar la recada del autor en el delito, haciendo que la pena desarrolle respecto de l una funcin admonitoria o resocializadora (p. 67). Admonitoria en el sentido de fijar en el infractor un tipo de alerta que recuerde en l no volver a cometer actos ilcitos, y; resocializadora, al momento de brindrsele al condenado el tratamiento debido con miras a procurar su recuperacin mediante el diagnstico particular y atencin debida para su futura reinsercin dentro de la libre comunidad.

En cuanto a la prevencin especial negativa, el mismo autor Durn Migliardi (2018) sostiene que est encaminada a evitar que el infractor configure su peligrosidad en el entorno social y para ello se lo erradica temporal o definitivamente. Temporalmente cuando, por ejemplo, se le aplica al infractor una pena privativa de libertad (sin que esta sea de duracin perpetua, caso contrario se convertira, en definitiva) o definitivamente cuando en circunstancias ms drsticas, el infractor es sometido a pena de muerte, para resguardar a la sociedad de las repercusiones de su evidente peligrosidad.

-       Prevencin general

La prevencin general como finalidad de la pena deja de lado el aspecto netamente individual y se concentra en el colectivo, de esta manera podramos manifestar que la pena se presenta ante la colectividad y con anterioridad al delito (Deu, 2020). Ante la colectividad, debido a que se informa a la sociedad del peligro de la pena en caso de cometerse una infraccin, y; con anterioridad al delito, respecto que, a diferencia de la prevencin especial, esta no se configura luego de cometerse el acto daoso, sino ms bien se prev antes de la ejecucin del ilcito, per se.

Los postulados de la prevencin general positiva sealan, esencialmente, que tanto el establecimiento de delitos en las normas jurdico-penales como su correspondiente persecucin, sancin y, sobre todo, la ejecucin de las penas, cumplen la funcin de demostrar a la sociedad que el Estado se toma en serio la amenaza penal, promulgando su vigencia, y no establecen una legislacin falsa o un Derecho penal simblico (Durn, 2008, p.58). Resulta en una especie de coaccin y demostracin en donde el aparataje estatal coloca en evidencia que efectivamente su facultad de castigar est vigente y es real.

Por su lado, la prevencin general negativa se concentra profundamente en disuadir a la sociedad del cometimiento de alguna infraccin o delito, la determinacin de la pena llega a convertirse en un efecto disuasivo. Como lo menciona ahora Durn Migliardi (2018) en su reciente publicacin: se evita la legitimacin del delito y se alienta la aversin, que se supone normal y espontnea, contra el injusto, contribuyendo con ello, adems, a poner coto a la predisposicin delictiva latente en la colectividad (p.279).

Es meritorio sacar a relucir como este tipo de prevencin general negativa ha sido utilizada como discurso preferido dentro de muchos de los programas de combate hacia la criminalidad, creyendo ciegamente que la disuasin a travs de la creacin de penas rigurosas sera la cura a los elevados ndices delincuenciales. No obstante, este tipo de discursos infundados no se apoyan sobre la base de pruebas empricas que demuestren estar en lo correcto.

2.      La Penologa

En el desarrollo de la presente investigacin es necesario abordar a la penologa como ciencia para entenderla desde una mejor perspectiva y as poder luego relacionarla con el delito y la pena mismo.

         Objeto

Segn Luis Rodrguez Manzanero (2020), el objeto de la penologa, como ciencia, es el estudio de las penas, su finalidad y su ejecucin. Su relacin con el delito es importante al momento de determinar la reaccin social que emerge desde la sociedad ante el cometimiento de un crimen o delito; precisamente, la manera en que la sociedad reacciona ante aquello es a travs del establecimiento de penas o alguna medida de seguridad.

         La penologa moderna: Una paradoja moral

Se discute de manera reiterativa como la penologa de los tiempos modernos han visto plasmada la reaccin social en el uso del sistema netamente punitivo. Existe una especie de lucha entre lo ontolgico y lo deontolgico, puesto que el sistema penal, a priori, busca la salvaguarda de la violencia en la sociedad justamente con la imposicin de penas, no obstante, se da legitimidad a dicha violencia cuando se la utiliza como un medio de sancin.

         Reaccin jurdica

La penologa ve como la sociedad reacciona a travs de la facultad de crear derecho, esto es, la imposicin de la ley como medio para mantener un orden y combatir las conductas que no se encuadran dentro de lo socialmente aceptable. Para ser ms especfico, hablamos del uso del derecho penal, como aquella rama del derecho encargada de desarrollar los sistemas de penas.

En un primer momento la reaccin penal, no se encontraba envestida por los principios que hoy perfeccionan el derecho. Si analizamos, por ejemplo, el Cdigo de Hammurabi, denotamos que la reaccin jurdica (que es fruto de la reaccin social), se equiparaba simplemente a un modelo de venganza.

Actualmente nos encontramos ante una poca de represin, en donde el encierro impera como el mecanismo favorito de la reaccin jurdica; han existido discursos que pretenden aliviar la poltica del encierro, bajo el lema de la rehabilitacin, como si el encierro pasase a ser requisito sine qua non de la rehabilitacin.

         Teoras de la reaccin social

Situmonos en este momento, en las diferentes teoras que engloban la manera en que se concibe a la pena desde varios ngulos tericos y que surgen justamente de los aportes de la reaccin social en torno al castigo.

-       Teoras Absolutas

En la literatura cientfica se suele calificar a las teoras absolutas como teoras retributivas, por entenderse que no buscan prevenir la comisin de delitos. La pena se desvinculara de su efecto social y se tratara de una simple retribucin por un mal (delito) causado (Meini, 2020, p. 145). As pues, la pena no tendra un fin ms all de s mismo, esto es, el cumplimiento neto de la justicia y no aquella finalidad preventiva que promueven las otras teoras de la reaccin social.

-       Teoras Relativas

Al contrario de las teoras absolutas, las teoras relativas observan en la pena un fin que va ms all de la retribucin de ejecuta el ofensor por el dao causado, pues pretende establecer un fin preventivo, tanto para el individuo (prevencin especial) como para la sociedad o comunidad (prevencin general). Resulta una especie de reprogramacin conductual del condenado, puesto que a travs de la pena se pretende un cambio de comportamiento que le permita convivir pacficamente en el entorno social, una vez purgada su pena.

-       Teoras Mixtas

Las teoras mixtas recogen los dos aspectos ms importantes de las teoras absolutas y relativas, esto es, la retribucin y la prevencin. Se llega a la conclusin de que la pena no posee solamente un fin, sino ms bien que cumple, por un lado, una finalidad estrictamente compensatoria que a la vez da la posibilidad de trabajar con el infractor para enmendar su conducta a futuro.

Muoz Conde, citado por Andrs Botero Bernal (2021), nos explica esta teora bajo tres premisas: la primera radica en el momento de la amenaza penal, es decir, cuando el legislador prohbe una conducta amenazndola con una pena, es decisiva la idea de prevencin general, pero si a pesar de esta amenaza se llega a cometer el hecho prohibido, entonces a su autor debe aplicrsele la pena prevista para ese hecho, predominando en la aplicacin de la pena la idea retributiva. Finalmente, durante la ejecucin de la pena impuesta, prevalece, sobre todo si se trata de una pena privativa de la libertad, la idea de prevencin especial (p.206).

3.      Retribucin y Delito

Uno de los aspectos importantes a tratar es el anlisis de las aportaciones de la teora retribucionista de justificacin de la pena; son varios los factores a tomar en cuenta, tales como la punibilidad, delito, pena y legitimacin. El delito no es ms que la norma plasmada dentro de un Cdigo Penal que describe una conducta, ante cuyo quebrantamiento se da origen a una sancin, esto configura el elemento punible de la conducta daosa.

En cuanto a la legitimidad, la legislacin exhorta que las normas de comportamiento sean legtimas. Esta premisa es afirmada por Moore (2018), al mencionar: Una teora retribucionista de la pena necesariamente exige que las normas de comportamiento que prohben aquellas formas de conductasean legtimas, o sea, que prohban formas de conducta incorrecta (p. 70).

El papel del legislador al momento de determinar ciertos comportamientos como delitos es vital para la teora retribucionista, pues marca los estndares que derivan la diferenciacin entre conducta correcta e incorrecta. El aspecto retributivo se activa solamente en el momento que el agente ofensor encuadra su conducta por completo dentro de la descripcin dada por el legislador y que se configura en delito.

 

 

         La imputacin como elemento de la retribucin

La imputacin en tanto juicio afirma, o en su caso niega, una determinada relacin entre dos trminos: por un lado, un sujeto, artfice, y en el otro extremo, la accin, objeto de dicho juico. Accin, en trminos de Kant, es un mero suceso acaecido, en el cual un determinado sujeto se ve inmerso (Hruschka, 2022, p.477).

Justamente Immanuel Kant afirma que la imputacin debe estar vinculada con el libre albedro de las personas, esto es, la capacidad de optar por una u otra accin, para que, a partir de ello, se reluzca la responsabilidad en el caso de elegir un comportamiento que deniegue el deber ser de la norma (en el mbito del derecho los sujetos dirigen su conducta por medio de la coaccin que impregna el deber ser programada en la norma).

Realizar un juicio de imputacin dentro del establecimiento de la responsabilidad es indispensable para la teora retributiva de la pena, puesto que una sancin debe aplicarse siempre y cuando la libertad del sujeto que ha elegido ejecutar una conducta indebida no se haya visto influenciada por agentes externos que viciaron de cierto modo su capacidad de elegir.

         Retribucin y abolicionismo penal

Muchas de las crticas severas que se realiza a la justicia retributiva derivan de los partidarios del abolicionismo penal, sustancialmente porque no ven en la retribucin el nivel de funcionalidad suficiente como para que siga existiendo o siga aplicndose a travs del Derecho. La retribucin ha sido la herramienta principal de las polticas legislativas y judiciales proclamadas en los tiempos modernos.

Para llegar al abolicionismo penal se debera pasar por varias etapas, primeramente, por un derecho penal mnimo, o sea que, el delito sea concebido dentro de los tribunales siempre y cuando represente una vulneracin grave a los bienes jurdicos protegidos: no es necesario aplicar una pena (retribucin) cuando el dao causado no simboliza una gran conmocin. Para ello se podran aplicar sanciones (es importante desvincular la palabra pena con crcel) meramente administrativas. El camino del abolicionismo penal podra concluir cuando efectivamente se apliquen los dems medios de control social (accesibilidad educativa, empleo, integracin) y dejar el uso del Derecho como ltima ratio.

 

 

 

Conclusin y anlisis crtico

Se ha trabajado en cada uno de los aspectos que vinculan a la Penologa con el delito desde una perspectiva retributiva de la pena, el desarrollo de las categoras que conduzcan a un anlisis completo de la temtica ha sido necesaria para entender cada elemento e interrelacionarlo coherentemente en la ejecucin del presente trabajo investigativo.

Se deja claro, como primer punto, la importancia del establecimiento de penas para lograr mantener un orden, que quizs, siendo otras las circunstancias del mundo actual, no resultaran necesarias, pero el hombre ha dejado de luchar por llegar a ser virtuoso, tal como lo hacan los sofistas de la antigua Grecia, donde tal vez se podra haber creado un estado ideal de paz social, pensamiento que en el tiempo moderno resulta simplemente en una utopa.

Histricamente las penas en sus inicios no tomaron en cuenta el elemento intrnseco de la naturaleza y dignidad humana, all tal vez, se podra sacar a relucir a la pena retributiva del encierro como ms humana en los actuales tiempos, puesto que en teora se toma en cuenta el respeto hacia los derechos humanos; lo que no se podra verificar a ciencia cierta, es hasta qu punto eso se garantiza.

Respecto a la prevencin, se concluye manifestando la necesidad de replanteamientos tericos para conocer si en efecto, la pena trae consigo esa prevencin especial que tanto se alega: la rehabilitacin; por otro lado, la prevencin general tampoco muestra los resultados esperados: la comunidad moderna ya no tiene miedo a la norma, puesto que, al momento de crearla, nace tambin la astucia para dejar expuesto el sistema judicial.

Ahora bien, el anlisis de la penologa desde la ptica de la reaccin social afirma justamente todo lo dicho: Los Sistemas Penales modernos, frutos de la reaccin social, muestran la falta de utilidad y pertinencia del control social punitivo.

 

Referencias

1.      Antn, J. A. (2018). La prevencin general y la prevencin especial en la teora de la pena: discurso ledo en la apertura del curso acadmico de 1944 a 1945. Universidad de Salamanca.

2.      Botero, A. (2021). La Teora unificadora dialctica de Roxin a la luz de Beccaria. Revista telemtica de filosofa del derecho (RTFD), (5), 2.

3.      Cordini, N. S. (2019). La finalidad de la pena es, segn Kant, puramente retributiva? Revista de derecho (Valparaso), (43), 671-701.

4.      Durn, M. (2018). Prevencin especial e ideal resocializador. Concepto, evolucin y vigencia en el marco de la legitimacin y justificacin de la pena. Revista de estudios criminolgicos y penitenciarios, 13, 57-81.

5.      Duran, M. (2020). La prevencin general positiva como lmite constitucional de la pena: Concepto, mbitos de aplicacin y discusin sobre su funcin. Revista de derecho (Valdivia), 29(1), 275-295.

6.      De Agreda, G. R. P. (2018). El concepto de Pena, un aspecto incontrovertido en su teora? Derecho y Cambio Social, 6(19), 25.

7.      Deu, M. T. (2019). Pena y proceso: fines comunes y fines especficos. Anuario de derecho penal y ciencias penales, 48(2), 441-464.

8.      Hruschka, J. (2022). Die Wrde des Menschen bei Kant. ARSP: Archiv fr Rechts-und Sozialphilosophie/Archives for Philosophy of Law and Social Philosophy, 463-480.

9.      Meini, I. M. (2020). La pena: funcin y presupuestos. Derecho PUCP: Revista de la Facultad de Derecho, (71), 141-167.

10.  Manalich, R., & Pablo, J. (2018). Pena como Retribucin-Primera Parte: La Retribucin como Teora de la Pena, La. Derecho Penal y Criminologa, 28, 37.

11.  Manalich, R., & Pablo, J. (2020). Pena como Retribucin-Segunda Parte: La Retribucin como Teora del Derecho Penal, La. Derecho Penal y Criminologa, 28, 75.

12.  Moore, M. S. (2018). Moral reality revisited. Michigan Law Review, 90(8), 2424-2533.

13.  Rodrguez, L. R. (2021). Penologa. Mxico D.F: Editorial Porra.

14.  Roxin, C. (2018). Franz Von Liszt y la Concepcin Poltico Criminal del Proyecto Alternativo. problemas bsicos del Derecho Penal. Traduccin de diego Manuel Luzn Pena. Editorial Reus. Madrid: Espaa.

15.  Vidaurri, M. (2018). Estudios Jurdico-Penales. Ciudad de Mxico: Universidad de Guanajuato.

 

 

2025 por el autor. Este artculo es de acceso abierto y distribuido segn los trminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)

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