La muerte cruzada en la Constitucin del Ecuador: disolucin de la Asamblea Nacional y elecciones anticipadas

 

The "death cross" in Ecuador's Constitution: dissolution of the National Assembly and early elections

 

A morte cruzada na Constituio do Equador: dissoluo da Assembleia Nacional e eleies antecipadas

 

 

 

 

Luis Fernando Guevara Mena I
luguevarame@uide.edu.ec
 https://orcid.org/0000-0003-3599-7456
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: luguevarame@uide.edu.ec

 

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

* Recibido: 23 de septiembre de 2023 *Aceptado: 30 de octubre de 2023 * Publicado: 14 de noviembre de 2023

 

  1. Docente de la Universidad Internacional del Ecuador.

Resumen

La configuracin constitucional del Ecuador permite que el Presidente de la Repblica pueda disolver a la Asamblea Nacional, y, tambin que la Asamblea Nacional pueda destituir al Presidente de la Repblica, a travs de causales especficamente detalladas en la Constitucin ecuatoriana. El foro del Ecuador a esta posibilidad la ha denominado como muerte cruzada en el entendido que al aplicar esta competencia constitucional tanto el rgano que la requiri, as como la institucin en contra de la que se la aplica van a cesar en sus funciones, toda vez que una de las consecuencias de la misma es la convocatoria a elecciones anticipadas tanto para el poder legislativo y el poder ejecutivo. De ah que, si cualquiera de estos dos poderes del Estado viabiliza esta facultad constitucional, los mismos tendrn que ser reemplazados por otros representantes elegidos mediante voto popular para que integren la Funcin Ejecutiva y Legislativa. La aplicacin de esta figura constitucional no debe quedar al libre albedro de quien la intenta instrumentar, sino que, debe ceirse a las causales previstas en la norma constitucional. Las causales por las cuales se puede activar a la muerte cruzada constituyen en la prctica un resquebrajamiento o anomala constitucional que merman la eficacia de la Constitucin, y, por ende, a travs de esta potestad constitucional, se busca sancionar con la destitucin no solo al poder del Estado que supuestamente ha incurrido en esto, sino tambin con la cesacin de funciones a la funcin del Estado que la ha requerido.

Palabras Clave: elecciones; democracia; constitucin; estado de derecho; pueblo; destitucin; disolucin; resquebrajamiento constitucional.

 

Abstract

The constitutional configuration of Ecuador allows the President of the Republic to dissolve the National Assembly, and also for the National Assembly to dismiss the President of the Republic, through causes specifically detailed in the Ecuadorian Constitution. The Ecuadorian forum has called this possibility crossed death in the understanding that by applying this constitutional competence, both the body that requested it, as well as the institution against which it is applied, will cease their functions. since one of its consequences is the call for early elections for both the legislative and executive branches. Hence, if any of these two powers of the State make this constitutional power viable, they will have to be replaced by other representatives elected by popular vote to make up the Executive and Legislative Function. The application of this constitutional figure should not be left to the free will of those who try to implement it, but must adhere to the causes provided for in the constitutional norm. The causes for which the "crossed death" can be activated constitute in practice a constitutional crack or anomaly that reduces the effectiveness of the Constitution, and, therefore, through this constitutional power, it seeks to "sanction" with the dismissal not only of the power of the State that has supposedly incurred this, but also with the cessation of functions of the function of the State that has requested it.

Keywords: elections; democracy; Constitution; rule of law; town; dismissal; dissolution; constitutional crack.

 

Resumo

A configurao constitucional do Equador permite ao Presidente da Repblica dissolver a Assembleia Nacional, e tambm que a Assembleia Nacional destitua o Presidente da Repblica, atravs de causas especificamente detalhadas na Constituio equatoriana. O foro equatoriano chamou esta possibilidade de morte cruzada no entendimento de que ao aplicar esta competncia constitucional, tanto o rgo que a solicitou, como a instituio contra a qual aplicada, cessaro suas funes, j que uma de suas consequncias a convocao de eleies antecipadas tanto para o poder legislativo como para o executivo. Assim, caso algum desses dois poderes do Estado viabilize esse poder constitucional, dever ser substitudo por outros representantes eleitos pelo voto popular para compor a Funo Executiva e Legislativa. A aplicao desta figura constitucional no deve ser deixada ao livre arbtrio de quem tenta implement-la, mas deve aderir s causas previstas na norma constitucional. As causas pelas quais a morte cruzada pode ser acionada constituem na prtica uma fissura ou anomalia constitucional que reduz a eficcia da Constituio, e, portanto, atravs deste poder constitucional, busca sancionar com a destituio no apenas do poder do Estado que supostamente o tenha incorrido, mas tambm com a cessao das funes da funo do Estado que o solicitou.

Palavras-chave: eleies; democracia; Constituio; Estado de Direito; cidade; demisso; dissoluo; fenda constitucional.

 

 

Introduccin

EL 15 de octubre de 2023, en el Ecuador, se realiz el sufragio electoral correspondiente a la segunda vuelta de las elecciones presidenciales. En este da result electo el ciudadano Daniel Noboa, quien venci en la lid electoral a la tambin candidata Luisa Gonzlez. A estas elecciones se las consider como anticipadas en virtud a que se las realiz como consecuencia de la disolucin de la Asamblea Nacional decretada por el presidente Guillermo Lasso. Lo normal es que el perodo de labores de un presidente sea 4 aos en el Ecuador, sin embargo, tambin la Constitucin ecuatoriana, prev en su artculo 148 esta facultad de adelantar elecciones para elegir a otro mandatario, en reemplazo del presidente que disolvi la Funcin Legislativa, quien tambin cesar en funciones cuando se posesione y asuma sus funciones el nuevo dignatario elegido en las urnas.

Por lo tanto, la figura constitucional de la muerte cruzada en el Ecuador reviste de una importancia dentro del mbito democrtico, toda vez que el fin ltimo de esta es consultarle al pueblo ecuatoriano acerca de cul de los candidatos polticos cuenta con el mayor apoyo popular electoral para que dirija los destinos de esta nacin. Esta situacin la considero loable y justa ya que permite una participacin ms activa de los electores sobre el rumbo poltico del pas, toda vez que ste ha sufrido con resquebrajamiento constitucional y poltico, por cuanto se ha convocado a elecciones anticipadas debido a una de las causales constitucionales y legales por las que oper esta facultad constitucional.

Hay que destacar que la muerte cruzada opera en dos sentidos. El primero referido a la facultad de la Asamblea Nacional del Ecuador de cesar en funciones al Presidente de la Repblica, por las causales expresamente previstas en la Constitucin Nacional (Artculo 130 de la Constitucin del Ecuador). El segundo referido a la competencia del Presidente de la Repblica para la disolucin de la Asamblea Nacional, de conformidad con los requisitos expresamente determinados en la Carta Suprema del Ecuador (Artculo 148 de la Constitucin del Ecuador). Por lo tanto, aqu notamos un ejemplo de cmo en el Ecuador la muerte cruzada bien puede circunscribirse en el sistema de pesos y contrapesos, lo cual es saludable dentro de una democracia y sobre todo dentro de un estado de derecho.

En este orden de ideas, debemos recordar que en el Ecuador existen 5 poderes o funciones del Estado: la Funcin Legislativa, la Funcin Ejecutiva, la Funcin Electoral, la Funcin Judicial y la Funcin de Transparencia y Control Social (Artculos 118, 141, 167, 204 y 217 de la Constitucin del Ecuador). De estos 5 poderes o funciones del Estado, solo dos son de origen total y directamente electoral: la Funcin Legislativa y la Funcin Ejecutiva. Los dems poderes o funciones del Estado no tienen un origen total y puramente electoral ya que la mayora tienen su propia forma de conformacin que son generalmente concursos de mritos y oposicin o tienen sus propios procesos de integracin o seleccin, los cuales estn previstos en la misma norma constitucional o la ley. Es importante precisar que, si bien es cierto, los miembros del Consejo de Participacin Ciudadana y Control Social, de conformidad con el referndum del 4 de febrero de 2018, son elegidos a travs de sufragio electoral, estos por s solos no constituyen como tal una funcin del Estado, ya que este Organismo nicamente sumado a la Defensora del Pueblo, la Contralora General del Estado y las superintendencias, originan a la Funcin de Transparencia y Control Social. Esta ltima si es un poder o funcin del Estado ecuatoriano.

Cada uno de estos 5 poderes o funciones del Estado tienen una importancia gravitante en la configuracin del mismo, sin embargo, la Funcin Legislativa (Asamblea Nacional), y, la Funcin Ejecutiva (Presidente de la Repblica), gozan de una legitimidad democrtica mucho ms amplia y directa, ya que como lo habamos advertido anteriormente, estas dos ltimas funciones del Estado son constituidas totalmente de resultados de sufragios electorales. De ah que, se constituyen en dos de las funciones del Estado trascendentes en la vida de la sociedad ecuatoriana. Por esta razn, considero que el constituyente ecuatoriano que fabric la Constitucin 2008, estableci sabiamente esta posibilidad de oxigenacin democrtica extraordinaria: la muerte cruzada en el Ecuador, con el protagonismo ineludible del poder ejecutivo y legislativo.

Partiendo de lo anterior, la consecuencia ms obvia de la muerte cruzada, tal como lo habamos ya expresado anteriormente, son las elecciones anticipadas para la Asamblea Nacional y para el Presidente de la Repblica. De ah que, los ecuatorianos, dada la naturaleza e importancia de estos poderes del Estado, tienen la posibilidad histrica de someterse nuevamente a las urnas para elegir a los dignatarios para que puedan integrar a estas dos funciones estatales a fin de que stos puedan administrar los destinos del pas para el restante perodo de tiempo y mandato que la Constitucin y la ley le franquea ante esta circunstancia extraordinaria constitucional.

 

Metodologa

En esta investigacin se emple un anlisis cualitativo, dentro de la cual se examinar a las normas constitucionales que regulan la temtica planteada, adems se examinarn las actuaciones legislativas, as como los decretos ejecutivos presidenciales, y, los dictmenes constitucionales emitidos por la Corte Constitucional en el contexto de la muerte cruzada en el Ecuador. De igual manera, se realizar un anlisis de tipo descriptivo y crtico de la legislacin ecuatoriana y la experiencia que vivi el Ecuador durante el ao 2022 y 2023 a propsito de la aplicacin de esta importante competencia constitucional. De igual forma, se realizar un anlisis de la importante bibliografa de autores que nos refiere acerca de la temtica investigada, la cual, en consonancia con los dems elementos del presente trabajo investigativo nos permitir extraer importantes conclusiones.

 

Resultados y Discusin

La Constitucin del Ecuador es la primera norma fundamental y en ella se representa el contrato social a la que los ecuatorianos arribamos en el 2008 cuando aprobamos la misma a travs de un sufragio electoral convocado para este fin. En esta Constitucin se establecen las premisas bsicas de cmo se estructura el Estado, as como tambin se regulan los derechos y garantas de las personas. En ella se establecen los derechos de participacin democrtica, principios de separacin de poderes, as como tambin se regulan las competencias de las funciones o poderes del Estado ecuatoriano. Por esta razn consideramos referirnos a la Constitucin como parte fundamental de nuestra investigacin, toda vez que en esta se regula a la muerte cruzada en el Ecuador, en el entendido de garantizar la soberana popular y el poder decisorio de sus ciudadanos para la renovacin poltica de sus autoridades y de sus principales dignatarios.

En este sentido, como primer punto, nos referiremos a la posibilidad constitucional de cesar en sus funciones al Presidente de la Repblica por parte de la Asamblea Nacional. Esta facultad est prevista en el artculo 130 de la Constitucin, y comprende dos causales. La primera causal se refiere a la arrogacin de funciones del presidente, es decir, realizar funciones que no le corresponda realizar de conformidad con la norma constitucional. Y, la segunda causal del artculo 130 ibidem consiste en la grave crisis poltica y conmocin interna. El referido artculo constitucional prev que esta competencia constitucional a favor del poder legislativo puede ser realizada en una sola ocasin dentro del tiempo para el cual fue elegida esta funcin del estado, y, hasta el tercer ao del referido periodo de tiempo.

La facultad constitucional citada precedentemente fue utilizada sin xito por parte de la Asamblea Nacional del Ecuador en el ao 2022, cuando intent destituir de sus funciones al presidente Guillermo Lasso. En efecto, el 28 de junio de 2022, los integrantes de la Funcin Legislativa no lograron cumplimentar la cantidad de votos necesarios para cesar en el cargo al primer mandatario del Ecuador, ya que se necesitaban 92 votos de los legisladores para esta mocin, sin embargo, solo se cont con 80 votos de los parlamentarios, por lo que, faltaron 12 voluntades para este cometido. Cabe destacar que la causal empleada dentro de esta propuesta fue la del artculo 130, numeral 2 de la Constitucin ecuatoriana.

De lo advertido precedentemente se constata que ya se hizo un primer intento en el 2022 por parte del poder legislativo del Ecuador de aplicar lo que coloquialmente se conoce como la muerte cruzada, al pretender destituir al presidente Guillermo Lasso, usando una de las causales que le permite la Constitucin. A pesar de aquello, no se cont con los votos suficientes por parte de los legisladores para aplicar esta facultad constitucional. De ah que, constatamos que, en este precitado ao, la Funcin Legislativa ejerci su derecho democrtico de realizar un escrutinio frente a las acciones realizadas por el primer mandatario, lo cual implica una labor importante dentro del sistema de pesos y contrapesos.

En este contexto me parece oportuno recordar que, el 8 de mayo de 2023, la Funcin Legislativa del Ecuador, resolvi iniciar un juicio poltico en contra del presidente Guillermo Lasso, para lo cual, se sustent en el artculo 129, numeral 2 de la Constitucin, acusndolo de la causal constitucional de peculado. En este punto, cabe destacar que procesalmente este juicio poltico no fue resuelto en virtud a que el presidente Guillermo Lasso, con fecha 17 de mayo de 2023, decret la disolucin del poder legislativo y convoc a elecciones anticipadas. Es por esta razn que el referido juicio poltico qued inconcluso, en virtud a que como la Asamblea Nacional fue cesada de sus funciones, no se pudo resolver el mismo. No obstante, de lo afirmado, aqu debo destacar el nuevo intento por parte del poder legislativo de revisar las acciones del primer mandatario y procesarlo mediante el prenombrado juicio poltico.

La posibilidad de enjuiciar polticamente al Presidente de la Repblica tiene su origen dentro del derecho comparado con la figura del impeachment. El impeachment consiste en un procesamiento que, a travs de un juicio, se plantea en contra de un alto funcionario, como lo puede ser un presidente, con la finalidad que rinda cuentas acerca del presunto cometimiento de una conducta reprochable conforme el ordenamiento jurdico del pas en el cual es dignatario. Este enjuiciamiento se hace a travs de un debido proceso y puede derivar en la destitucin o el cese de funciones del primer mandatario.

Ahora bien, en el caso ecuatoriano, el control o auditora de la accin del gobierno consta en los artculos 129, 130 y 131 de la Constitucin del Ecuador. Respecto de esto hay que hacer una precisin importante. Resulta que el artculo 129 regula el tpico juicio poltico en contra del presidente de la Repblica, el cual no implica la muerte cruzada ni el anticipo de las elecciones. El artculo 130 por su parte, establece al proceso de destitucin que se lo conoce como muerte cruzada, el cual s implica elecciones anticipadas tanto para la Funcin Legislativa como para la Funcin Ejecutiva. Por lo tanto, apreciamos, diferentes causales y procesos que la Funcin Legislativa puede realizar para controlar las acciones del poder ejecutivo.

Por otro lado, el Presidente de la Repblica, tambin puede usar la figura constitucional de la muerte cruzada para destituir de sus funciones a la Asamblea Nacional. En efecto, esta competencia fue usada por el presidente Guillermo Lasso, el 17 de mayo de 2023, cuando emiti el Decreto Ejecutivo No. 741, mediante el cual dispuso que la Asamblea Nacional sea disuelta, de conformidad con el artculo 148 de la Constitucin ecuatoriana, empleando la causal de grave crisis poltica y conmocin interna. El empleo de esta figura constitucional por parte del presidente tambin implica elecciones anticipadas para la Funcin Ejecutiva y Legislativa.

De acuerdo a lo anotado anteriormente, mediante el referido decreto ejecutivo, tambin se notific al Consejo Nacional Electoral (poder electoral), para que esta funcin del Estado convoque y organice las elecciones anticipadas para la Asamblea Nacional y para la presidencia de la Repblica, esto de conformidad con el artculo 148, inciso tercero de la Constitucin nacional. En efecto, esta situacin se llev a cabo en dos procesos electorales: el 20 de agosto de 2023 y el 15 de octubre de 2023.

En este orden de ideas, conviene destacar una de las atribuciones importantes que tiene el Presidente de la Repblica, luego de haber decretado la disolucin de la Asamblea Nacional, con motivo de la muerte cruzada. Al respecto, el cuarto inciso del artculo 148 de la Carta Suprema dispone que el presidente puede expedir decretos-leyes de urgencia econmica, previa la aprobacin de la Corte Constitucional del Ecuador. En efecto, el presidente Guillermo Lasso ha usado esta relevante competencia en varias ocasiones. Ejemplo de ello, son el Decreto No. 892, denominado DECRETO LEY ORGNICA DE URGENCIA ECONMICA DE GESTIN DE RIESGOS Y DESASTRES, emitido el 17 de octubre de 2023, as como el Decreto No. 877, denominado DECRETO-LEY DE URGENCIA ECONMICA DE CREACIN DEL IMPUESTO REDIMIBLE A LAS BOTELLAS PLSTICAS NO RETORNABLES, emitido el 20 de septiembre de 2023.

De lo dicho anteriormente, notamos una importante caracterstica del potenciador presidencialismo en el Ecuador. As pues, la posibilidad que el presidente tiene de legislar extraordinariamente obedece al cese de funciones del poder legislativo, sin embargo, al no ser el autntico legislador, su funcin en este aspecto se encuentra limitada nicamente a la emisin de decretos-leyes de urgencia econmica. Esto me parece interesante, toda vez que ampla la posibilidad de gobernabilidad del presidente en estos casos importantes de emergencia econmica e impide que la Funcin Ejecutiva se vea sitiada y aislada para la resolucin de estos relevantes asuntos para la nacin ecuatoriana.

Finalmente, es oportuno recordar que en contra del Decreto No. 741, dictado por el Presidente de la Repblica, el 17 de mayo de 2023, mediante el cual orden el cese de funciones del poder legislativo, se interpusieron varias demandas de inconstitucionalidad, las cuales fueron conocidas y resueltas por la Corte Constitucional del Ecuador. En efecto, la Corte Constitucional ecuatoriana, el 18 de mayo de 2023, emiti varias resoluciones donde rechaz las demandas de inconstitucionalidad dentro de las siguientes causas constitucionales: 39-23-IN, 40-23-IN, 41-23-IN, 42-23-IN, 43-23-IN y 44-23-IN.

Con las referidas decisiones constitucionales de la Corte Constitucional del Ecuador, de rechazar las demandas de inconstitucionalidad en contra del precitado Decreto ejecutivo de la muerte cruzada, este organismo dio va libre para validar la disolucin de la Asamblea Nacional, as como para convocar a elecciones anticipadas para la presidencia de la Repblica y para el poder legislativo. Lo actuado por la Corte Constitucional del Ecuador es sinnimo del respeto a la Constitucin ecuatoriana y del estado de derecho, toda vez que, en efecto, este Organismo constitucional no tiene competencia para pronunciarse ni analizar la causal invocada dentro del artculo 148 de la Constitucin, relacionada a la grave crisis poltica y conmocin interna.

Por lo tanto, la Constitucin ecuatoriana le ha dado prioridad al pueblo ecuatoriano, para que, a travs del voto popular decida, a travs de las elecciones anticipadas convocadas a consecuencia de la aplicacin de la muerte cruzada, sobre su rumbo poltico. Es decir, si bien es cierto, el poder ejecutivo o legislativo pueden disolverse entre s, de conformidad con las normas constitucionales citadas precedentemente, con la aplicacin de la muerte cruzada y la instrumentalizacin de las elecciones anticipadas, le corresponde al pueblo soberano en ltimo trmino pronunciarse en las urnas con la escogencia de los dignatarios que representen a estos poderes del Estado. De ah que, para esta causal especfica de grave crisis poltica y conmocin interna, no se previ que la Corte Constitucional ni otro poder del Estado pueda pronunciarse previamente en contrava del poder y voto popular que deben simbolizarse con las referidas elecciones anticipadas.

La posibilidad de disolver a la Asamblea Nacional por parte del poder ejecutivo, y, en sentido contrario, la facultad que tiene el poder legislativo de destituir al Presidente de la Repblica, mediante la aplicacin de la muerte cruzada, y, por ende, convocar a elecciones anticipadas de estos dos poderes del Estado, constituye la solidificacin de la democracia en el Ecuador, ya que permite consultarle al pueblo ecuatoriano sobre el destino poltico de su nacin, la cual se ha visto resquebrajada por anomalas constitucionales consistentes en las causales que prev la Constitucin para que se operativice la muerte cruzada.

Es decir, la muerte cruzada del poder legislativo y ejecutivo no debe quedar al libre albedro de quien la pretende aplicar, sino que, la acusacin para que se operativice la misma debe estar basada en las causales que exclusivamente prev la Constitucin ecuatoriana. Debemos recordar que en el artculo 148 de la Carta Suprema se establecen las causales para la aplicacin de la muerte cruzada por parte del Presidente de la Repblica. Y, dentro del artculo 130 ibidem estn las causales a ser aplicadas por parte de la Asamblea Nacional. Estas causales bsicamente se refieren a un resquebrajamiento del orden constitucional y del Estado de derecho por parte de estos poderes del Estado. De ah que, ante la aplicacin de la muerte cruzada, le corresponde en ltimo trmino a los electores pronunciarse sobre su destino democrtico y poltico en las elecciones anticipadas, ante este desequilibrio constitucional planteado e irrogado por cualquiera de estos dos poderes del Estado.

En el caso ecuatoriano, tal como est prevista la configuracin constitucional de la muerte cruzada, sta es una innovacin nueva circunscrita dentro del ordenamiento jurdico nacional, la cual obedece al nuevo andamiaje constitucional y a la moderna estructura del Estado a partir de la Constitucin 2008. Esta es la primera vez que se instrumentaliza la muerte cruzada en el Ecuador desde la entrada en vigencia de la referida Constitucin 2008. En este sentido, esta atribucin constitucional del poder ejecutivo o legislativo de disolverse entre s y llamar a elecciones anticipadas es una muestra de la democracia participativa configurada constitucionalmente. Claro est, para aplicar esta competencia constitucional debe seguirse el debido proceso constitucional y basarse en una de las causales previstas constitucionalmente.

Conclusiones

La Constitucin del Ecuador regula a la muerte cruzada, como un mecanismo innovador que permite que la Funcin Ejecutiva pueda destituir al parlamento, y, tambin que el parlamento ecuatoriano pueda cesar de sus funciones al presidente, cuando incurran en una de las causales previstas constitucionalmente para este fin.

En el Ecuador existen 5 poderes del estado claramente definidos: el Ejecutivo, el Legislativo, el Judicial, el de Transparencia y Control Social; y, finalmente, el Electoral. De todos ellos, el poder ejecutivo y el legislativo gozan de una legitimidad democrtica mucho ms amplia que los dems poderes, toda vez que stos se originan o se conforman totalmente del resultado de un sufragio electoral directo.

La posibilidad que tiene la Funcin Legislativa de realizar un juicio poltico en contra del Presidente de la Repblica es una competencia que funciona en el sistema de pesos y contrapesos ya que permite realizar una auditora o control de las actuaciones del poder ejecutivo. De igual manera, la aplicacin de la muerte cruzada por parte del poder ejecutivo hacia la Asamblea Nacional, y, viceversa, por parte de la Asamblea Nacional hacia el poder ejecutivo pueden funcionar perfectamente dentro del Estado de derecho ecuatoriano.

Si bien es cierto, la muerte cruzada es iniciada por el poder ejecutivo o por el poder legislativo, su consecuencia es la convocatoria a elecciones anticipadas, donde finalmente el pueblo ecuatoriano tiene la posibilidad de decidir en las urnas sobre la escogencia de los representantes que integrarn estos importantes poderes del Estado.

La Asamblea Nacional del Ecuador durante el ao 2022, intent aplicar la muerte cruzada en el Ecuador, pretendiendo cesar en sus funciones al presidente Guillermo Lasso, sin embargo, al no contar con la mayora de votos legislativos necesarios para este fin, esta propuesta no prosper. Por lo tanto, este es un mecanismo que ya fue usado por el poder legislativo, cindose sus actuaciones al orden constitucional ecuatoriano.

En el presente ao 2023, le lleg el turno al presidente Guillermo Lasso para aplicar la figura constitucional de la muerte cruzada, la cual la hizo efectiva el 17 de mayo de 2023, cesando de sus funciones a los legisladores y notificando al poder electoral para que convoque a elecciones anticipadas para los cargos a presidente y para los miembros de la Asamblea Nacional. Esta situacin se llev a cabo respetando el ordenamiento jurdico y las normas constitucionales respectivas.

La causal empleada por el presidente Guillermo Lasso para disolver a la Asamblea Nacional fue la de grave crisis poltica y conmocin interna, sobre la cual, no existe regulacin constitucional y legal para que otro poder del Estado o alguna otra institucin dentro del Ecuador dirima la pertinencia o valide la utilizacin de la misma. En ltimo trmino, le corresponde al pueblo ecuatoriano expresarse en las urnas acerca de su destino poltico con las elecciones anticipadas convocadas a consecuencia de la aplicacin de esta causal en el contexto de la muerte cruzada.

La muerte cruzada opera ante una de las causales previstas constitucionalmente, por lo que, aplica cuando hay una anomala constitucional o resquebrajamiento constitucional por parte del poder ejecutivo o legislativo de conformidad con la Constitucin del Ecuador. Por lo tanto, la muerte cruzada no puede quedar al libre albedro de quien la pretende aplicar, sino que, debe estar sustentada constitucionalmente.

 

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