Anlisis de los derechos elementales de los seres humanos vulnerados por la crisis sanitaria

 

Analysis of the elementary rights of human beings violated by the health crisis

 

Anlise dos direitos elementares do ser humano violados pela crise sanitria

 

 

 

 

Miriam Leoba Rosales-Riofrio I
mirianrr1@hotmail.com
https://orcid.org/0009-0000-5792-3576
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: mirianrr1@hotmail.com

 

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

* Recibido: 15 de junio de 2023 *Aceptado: 20 de julio de 2023 * Publicado: 30 de agosto de 2023

 

  1. Magster, Abogada, Doctora, Investigadora independiente.

Resumen

En lo que respecta a la salud, hubo una implosin que colaps, por una poltica de salud preventiva, pauprrima, que tenemos en nuestro pas el Ecuador. Los grupos minoritarios como las comunidades indgenas y afroecuatorianas especialmente de Amrica latina que tiene muy malas condiciones de vida sus derechos fundamentales fueron totalmente vulnerados ya que el impacto muy negativamente en las condiciones de vida de estos pueblos. Pero todos tanto los ciudadanos comunes como los gobiernos debemos dar un cambio de la depauperada realidad que le espera a esta sociedad. En esta investigacin se recopilaron varios datos recientemente implantados en contexto por la Organizacin Mundial de la Salud como de los gobiernos de turno.

Palabras Clave: OMS; Gobierno; Crisis sanitaria; Vulneracin de derechos; COVID-19; Pandemia.

 

Abstract

Regarding health, there was an implosion that collapsed, due to a very poor preventive health policy that we have in our country, Ecuador. Minority groups such as indigenous and Afro-Ecuadorian communities, especially in Latin America, which have very poor living conditions, their fundamental rights were totally violated since they had a very negative impact on the living conditions of these people. But all of us, both ordinary citizens and governments, must make a change in the impoverished reality that awaits this society. In this research, several data recently implemented in context by the World Health Organization and the governments in power were collected.

Keywords: WHO; Government; Health crisis; Violation of rights; COVID-19; Pandemic.

 

Resumo

Em relao sade, houve uma imploso que ruiu, devido a uma pssima poltica de sade preventiva que temos em nosso pas, o Equador. Grupos minoritrios como as comunidades indgenas e afro-equatorianas, especialmente na Amrica Latina, que tm condies de vida muito precrias, tiveram os seus direitos fundamentais totalmente violados, pois tiveram um impacto muito negativo nas condies de vida destas pessoas. Mas todos ns, tanto cidados comuns como governos, devemos fazer uma mudana na realidade empobrecida que aguarda esta sociedade. Nesta investigao foram recolhidos vrios dados recentemente implementados em contexto pela Organizao Mundial de Sade e pelos governos no poder.

Palavras-chave: QUEM; Governo; Crise sanitria; Violao de direitos; COVID 19; Pandemia.

Introduccin

La presencia del covid-19 ha sido un reto para el imaginario occidental americano y el mundo en general desde el mes de marzo que apareci esta enfermedad contagiosa las organizaciones de salud no han parado en su objetivo de conseguir una vacuna para curar este virus que est causando mucho dao y se ha convertido en uno de los pretexto para que los gobiernos violenten los derechos humanos de sus ciudadanos, que los mdicos y sus ayudante tuvieron que trabajar en condiciones extremas peligrando sus propias vidas, algunos de ellos por primera vez se encontraron trabajando en esta crisis sanitaria sin saber cmo salvar la vida de los afectados por la enfermedad que naci en 2020.

Es incuestionable, por tanto, la reafirmacin de los derechos humanos, que son universales, indivisibles e interdependientes, estn relacionados entre s y se refuerzan mutuamente para la creacin o reconstruccin de sociedades resilientes, inclusivas, justas y pacficas.

 

Derecho fundamental a la salud vulnerado por la crisis sanitaria

Derecho a la Salud derecho fundamental que ha sido vulnerado por el incumplimiento constitucional de no proveer la atencin mdica especializada, el estado no aprovisiono de insumos mdicos, a los hospitales ni a los centros de salud, la falta de planificacin del estado en todos sus mbitos en el gobierno nacional, as como los gobiernos provinciales, regionales cantonales y parroquiales dejaron a los ciudadanos sin la proteccin en los sistemas estatales de Salud violentando la Constitucin y los convenios internacionales de derechos humanos debemos analizar varios sucesos por la crisis sanitaria que pondr en contexto por orden de prioridad: 1.- el derecho a la salud, del cuales fue recurrentes: el levantamiento de cadveres en la calle de nuestro pas no se tomaron medidas inmediatas para corregir este mal proceder. Contagios de COVID-19 en servidores/as pblicos/as. Falta de atencin de salud a quienes presentaban sntomas de sufrir el mal del COVID. A esto se sum la Falta de insumos y material de proteccin para el personal mdico que fue el ms afectado ya que le toco estar en el campo d batalla sin la experie3ncia necesaria y sin los implementos adecuados para hacer frente a esta enfermedad mortal. Por la Falta de informacin pblica veraz y oportuna en centros de salud del pas muchas personas murieron en las puertas de un centro mdico.

Entre los instrumentos internacionales vinculantes sobre la salud tenemos:

Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales (1966).

El Pacto requiere que los Estados Parte garanticen que los derechos enmarcados en este instrumento sean ejercidos sin discriminacin de ningn tipo como raza, color, sexo, idioma, religin, ideologa poltica o de otro tipo, origen nacional o social, propiedad, nacimiento u otro estatus. Aunque el Pacto no hace referencia especfica a la discapacidad, esta indicacin general de no discriminacin implcitamente incluye a las personas con discapacidad.

Bajo el Artculo 12 los Estados Parte reconocen que todas las personas tienen derecho al disfrute del ms alto nivel posible de salud fsica y mental. Para el logro pleno de este derecho, los Estados Parte, entre otras cosas, tomarn pasos para asegurar el desarrollo saludable de los nios, el mejoramiento de todos los aspectos de higiene ambiental e industrial y la prevencin, el tratamiento y el control de las enfermedades epidmicas, ocupacionales y de otro tipo.

En el Artculo 10, los Estados Parte reconocen que deben tomar medidas especiales de proteccin y asistencia a nombre de todos los nios y jvenes sin discriminacin por motivos de linaje u otras condiciones. Segn el Pacto, los Estados Parte deben tomar pasos, de manera individual y por medio de la asistencia y cooperacin internacional, para alcanzar progresivamente el logro pleno de los derechos reconocidos en este Pacto, incluyendo la adopcin de medidas legislativas.

El Pacto establece al Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales de la ONU como el rgano del tratado para promover y proteger los derechos humanos enmarcados en el pacto.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos (1966).

Los Estados Parte se comprometen a tomar los pasos necesarios para adoptar leyes u otras medidas que pongan en vigor los derechos reconocidos en el Pacto. El Pacto establece que todos los seres humanos tienen un derecho inherente a la vida, que nadie ser privado arbitrariamente de la vida y que cada Estado Parte del Pacto respetar a todos los individuos dentro de su territorio y sujetos a su jurisdiccin sin distincin de ningn tipo, como raza, color, sexo, idioma, religin, ideologa poltica o de otro tipo, origen nacional o social, propiedad, nacimiento u otro estatus. Respecto a la igualdad, reconoce que todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igualdad de proteccin de la ley sin ninguna discriminacin. Respecto al derecho a recibir informacin, este instrumento establece que todas las personas tienen derecho a la libertad de expresin, el derecho a buscar, recibir e impartir informacin e ideas de todo tipo, sin importar fronteras, verbalmente, por escrito, a travs del arte o por medio de cualquier otro medio. El Artculo 7 protege a todas las personas de ser sometidas a tortura o a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, y especficamente establece que nadie ser sujeto a experimentos mdicos o cientficos sin su libre consentimiento. El Artculo 26 establece que todas las personas son iguales ante la ley y tienen el derecho a igualdad de proteccin por parte de la ley. Los Estados Parte del Pacto reconocen el derecho de todas las personas a participar en la vida cultural. El Pacto establece el Comit de Derechos Humanos de la ONU como el rgano del tratado para promover y proteger los derechos humanos enmarcados en este instrumento.

Estos dos pactos, junto con la Declaracin Universal de Derechos Humanos, constituyen lo que se conoce como la Carta Internacional de Derechos Humanos. Los tres proporcionan proteccin contra la discriminacin de personas con discapacidad.

La Constitucin de la repblica del 2008, Art. 66.- Se reconoce y garantizar a las personas:

El derecho a la inviolabilidad de la vida. No habr pena de muerte.

El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentacin y nutricin, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educacin, trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura fsica, vestido, seguridad y otros servicios sociales necesarios.

Declaracin Universal de Derechos Humanos Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolucin 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948 , en su art. tres

Artculo 3 Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

En los dems tratados internacionales de derechos humanos tambin se garantiza el derecho a la vida de las personas

 

Tratados internacionales sobre el derecho a la vida

Tenemos los siguientes:

La Declaracin Universal de Derechos Humanos, en su tercer artculo seala ?Que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona?;

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos, seala en su Art. 6 que ?El derecho a la vida es inherente a la persona humana?;

3. La Declaracin Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre dispone en su Art. 1 que ?Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y la integridad de su persona?;

4.La Convencin Americana sobre Derechos Humanos en su Art. 4 numeral 1 dice ? Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estar protegido por la ley y en general, a partir del momento de la concepcin. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente?;

5. El Convenio Europeo para la Proteccin de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, dispone en el Art. 2?El derecho de toda persona a la vida est protegido por la Ley?

 

Vulneracin del Derecho al trabajador por el Covid-19,

el estado durante esta pandemia cometido muchas violaciones a los derechos humanos y de las cuales son recurrentes: Inadecuadas condiciones o medidas de seguridad y para los trabajadores, No acceso para todos al teletrabajo para cojearse a este derechos se deban cumplir un sin nmeros de condiciones, existi una regresin en los derechos de los trabajadores a pretexto de la crisis sanitaria se le bajo el sueldo a la mita a muchos trabajadores afectando su buen vivir y lo ms grave fue la Falta de pago de las remuneraciones a tiempo. Existieron despidos intempestivos acogindose al artculo 169 numeral 6 del Cdigo del Trabajo. A muchos no le pagaron sus liquidaciones y fueron estafados por muchas empresas que se declararon en quiebra, pero todo era mentira el nico inters era estafar al trabajador. Reduccin de la remuneracin. A muchos trabajadores los obligaron a acogerse a vacaciones. Muchos fueron acusados de robos para impedir que denunciaran las vulneraciones a sus derechos laborales en el contexto del COVID-19.

 

El derecho a la educacin vulnerado por la crisis sanitaria

Las emergencias, sean del tipo que sean, impactan en la actividad escolar, en el acceso a centros educativos, en la salud de docentes y estudiantes y en otros aspectos del da a da a da educativo. Garantizar el derecho a la educacin en situaciones excepcionales es un compromiso bsico, tanto en pases en desarrollo como en pases desarrollados.

Segn la UNESCO el 4 de marzo de 2020, muchos pases procedieron al cierre de centros educativos para evitar la expansin del COVID-19 (nuevo coronavirus). En total, se calcula que 290 millones de estudiantes en el mundo se han quedado sin clases a principios de marzo a causa del COVID-19.

En las ltimas dcadas, el mundo ha sido testigo de un nmero creciente de crisis ocasionadas por conflictos, desastres naturales y epidemias. Cuando afectan a la educacin, alteran el da a da de los estudiantes y sus familias y, adems, ponen en peligro su futuro y su capacidad para contribuir al desarrollo de la sociedad.

Asumir responsabilidades, garantizar derechos

No hay una solucin fcil, ni duradera en el tiempo ni vlida para todos los casos porque la actualidad de la expansin del virus evoluciona cada da y lo que puede ser adecuado hoy, quizs no lo sea maana. Aun as, la prevencin, la comunicacin y la planificacin son herramientas que pueden permitir a la comunidad educativa hacer frente a los riesgos y ganar en resiliencia

Seccin quinta Educacin

Art. 26.- La educacin es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un rea prioritaria de la poltica pblica y de la inversin estatal, garanta de la igualdad e inclusin social y condicin indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo.

Art. 27.- La educacin se centrar en el ser humano y garantizar su desarrollo holstico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; ser participativa, obligatoria, intercultural, democrtica, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsar la equidad de gnero, la justicia, la solidaridad y la paz; estimular el sentido crtico, el arte y la cultura fsica, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar. La educacin es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construccin de un pas soberano, y constituye un eje estratgico para el desarrollo nacional.

Art. 28.- La educacin responder al inters pblico y no estar al servicio de intereses individuales y corporativos. Se garantizar el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminacin alguna y la obligatoriedad en el nivel inicial, bsico y bachillerato o su equivalente. Es derecho de toda persona y comunidad interactuar entre culturas y participar en una sociedad que aprende. El Estado promover el dilogo intercultural en sus mltiples dimensiones. El aprendizaje se desarrollar de forma escolarizada y no escolarizada. La educacin pblica ser universal y laica en todos sus niveles, y gratuita hasta el tercer nivel de

Art. 29.- El Estado garantizar la libertad de enseanza, la libertad de ctedra en la educacin superior, y el derecho de las personas de aprender en su propia lengua y mbito cultural. Las madres y padres o sus representantes tendrn la libertad de escoger para sus hijas e hijos una educacin acorde con sus principios, creencias y opciones pedaggicas.

 

Sumak Kawsay, Buen Vivir

EL Buen Vivir es un principio constitucional basado en el Sumak Kawsay, que recoge una visin del mundo centrada en el ser humano, como parte de un entorno natural y social.

En concreto el Buen Vivir es:

La satisfaccin de las necesidades, la consecucin de una calidad de vida y muerte digna, el amar y ser amado, el florecimiento saludable de todos y todas, en paz y armona con la naturaleza y la prolongacin indefinida de las culturas humanas. El Buen Vivir supone tener tiempo libre para la contemplacin y la emancipacin, y que las libertades, oportunidades, capacidades y potencialidades reales de los individuos se amplen y florezcan de modo que permitan lograr simultneamente aquello que la sociedad, los territorios, las diversas identidades colectivas y cada uno -visto como un ser humano universal y particular a la vez- valora como objetivo de vida deseable (tanto material como subjetivamente y sin producir ningn tipo de dominacin a un otro).

Cmo se relacionan el Buen Vivir y la educacin?

La educacin y el Buen Vivir interactan de dos modos. Por una parte, el derecho a la educacin es un componente esencial del Buen Vivir, ya que permite el desarrollo de las potencialidades humanas, y como tal, garantiza la igualdad de oportunidades para todas las personas.

Por otra parte, el Buen Vivir es un eje esencial de la educacin, en la medida en que el proceso educativo debe contemplar la preparacin de futuros ciudadanos, con valores y conocimientos para fomentar el desarrollo del pas.

En Seccin segunda de nuestra constitucin se garantiza el buen vivir

Art. 14.- Se reconoce el derecho de la poblacin a vivir en un ambiente sano y ecolgicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de inters pblico la preservacin del ambiente, la conservacin de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio gentico del pas, la prevencin del dao ambiental y la recuperacin de los espacios naturales degradados.

El concepto de buen vivir -sumak kawsay (quechua) pertenece a una cosmovisin incardinada en el modelo de sociedad de distintos pases sudamericanos e integrado en sus normativas sociales y educativas. Al haberse violentado el derecho a la educacin

La complejidad y ambicin de su planteamiento recomienda y evidencia la necesidad del debate acerca de qu puede suponer ese modelo de estar en la sociedad y en el mundo, siendo calificado de utopa latinoamericana. Igualmente, en el campo educativo donde se aprecia la necesaria reflexin constante acerca del alcance y significado de este derecho fundamental ante los desafos del siglo XXI como es la sustentabilidad ambiental. El presente trabajo tiene por objeto mediante la hermenutica normativa contribuir a la comprensin del significado del derecho a la educacin en Ecuador con relacin a la propuesta educativa del buen vivir, y promover la creacin de una cultura poltica educativa coherente con los mandatos del legislador ecuatoriano

el derecho a la justicia fue vulnerado porque mientras se declar el estado de emergencia el aparato de la justicia se paralizo, perjudicando especialmente a los menores de edad quienes a travs de las madres no podan impulsar las causas de alimentos y muchas personas privadas se su libertad no poda recuperar su libertad

Considerando que, si bien existen impactos sobre todos los derechos humanos frente a los diversos contextos ocasionados por la pandemia, especialmente en relacin con el derecho a la vida, la salud e integridad personal, se ven seriamente afectados el derecho al trabajo, a la seguridad social, a la educacin, a la alimentacin, al agua y a la vivienda, entre otros DESCA. Subrayando que los contextos de pandemia y sus consecuencias acentan la importancia del cumplimiento y observancia de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, y particularmente aqullas referidas a los DESCA, en las decisiones econmicas y polticas adoptadas por los Estados, sea individualmente o como integrantes de instituciones multilaterales de financiamiento u rganos internacionales. Recordando que, en el contexto de la pandemia, los Estados tienen la obligacin reforzada de respetar y garantizar los derechos humanos en el marco de actividades empresariales, incluyendo la aplicacin extraterritorial de dicha obligacin, de conformidad con los estndares interamericanos en la materia. Recordando que en el contexto especfico de pandemia, los Estados tienen el deber de incentivar la investigacin aplicada, la innovacin y la difusin de nuevas tecnologas cientficas directamente aplicables a la lucha contra la propagacin del patgeno y, muy especialmente, al descubrimiento de nuevas alternativas de tratamiento del mismo, incluso compatibilizando la proteccin integral de la vida humana con reglas y procedimientos que regulen la propiedad intelectual sobre tales tecnologas y hallazgos

 

Conclusiones

Las conclusiones de este estudio no parecen ser demasiado alentadoras.

El ao 2021 debe ser el ao en que cambiemos de velocidad y pongamos el mundo en la senda correcta, asegura el titular de la ONU. Para conseguirlo, es necesario antes que nada detener la pandemia de COVID-19, relanzar la economa de una forma que sea sostenible e inclusiva, y hacer la paz con la naturaleza, afrontando el cambio climtico y la destruccin de la biodiversidad, todo siempre desde la unidad, la solidaridad internacional y el multilateralismo.

Despus de un 2020 que nos trajo tragedias y peligros, el 2021 debe ser el ao en que cambiemos de velocidad y pongamos el mundo en la senda correcta, ha afirmado el secretario general de la ONU al presentar este jueves las diez prioridades que propone para el mundo en los prximos meses durante una reunin oficiosa con los Estados miembros de la Organizacin.

Antnio Guerras calific 2020 como nannos horribles global, un ao de muerte, desastres y desesperacin, pero quiso sentar las bases para un futuro ms optimista asegurando: Necesitamos pasar de la muerte a la salud; del desastre a la reconstruccin; de la desesperacin a la esperanza; de las soluciones trilladas a la transformacin.

Para conseguirlo, seal que los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organizacin son ms importantes que nunca y declar que ha llegado el momento de asegurar el bienestar de las personas, las economas, las sociedades y nuestro planeta.

Para Guerras, todo ello, es posible, pero para conseguirlo tiene que hacerse desde la unidad.

 

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2023 por los autores. Este artculo es de acceso abierto y distribuido segn los trminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)

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