Hbeas corpus como figura de proteccin de los derechos de personas privadas de libertad en Ecuador

 

Habeas corpus as a figure of protection of the rights of persons deprived of liberty in Ecuador

 

Habeas corpus como figura de proteo dos direitos das pessoas privadas de liberdade no Equador

 

 

 

 

 

 

 

 

Mercy Paola Jaramillo Carrin I
abg.mercyjaramillo@gmail.com
https://orcid.org/0000-0001-7393-7353
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: abg.mercyjaramillo@gmail.com

 

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

* Recibido: 23 de mayo de 2023 *Aceptado: 12 de junio de 2023 * Publicado: 04 de julio de 2023

 

  1. Universidad Estatal Pennsula de Santa Elena, Ecuador.

Resumen

El hbeas corpus como una figura tan antigua ha evolucionado para brindar proteccin a derechos como la libertad, vida, integridad personal y derechos conexos (salud, vida familiar, etc.), de forma gil y sencilla porque como se sabe, para el caso de las personas privadas de libertad, estas se hallan bajo la custodia del Estado quien deber garantizar el bienestar y la dignidad de estas personas. As, el Estado ecuatoriano, a travs de su legislacin y la norma suprema ampara a este grupo que amerita una atencin prioritaria mediante el hbeas corpus. Adems, a travs de la Corte Constitucional como mximo rgano de administracin de justicia e interpretacin constitucional se ha logrado profundizar en el alcance de esta figura que acta para proteger derechos vulnerados y repararlos. Con estos aportes se vuelve claro para los justiciables y para quienes administran justicia las reglas procesales y sustantivas que se debern aplicar al resolver esta garanta. Es as que, en este trabajo investigativo se pretende sumir al lector en una revisin de la evolucin del hbeas corpus a nivel nacional e identificar el campo de accin con el que hoy cuenta esta figura, entendiendo que su sentido clsico era devolver la libertad, y que, actualmente esta proteccin ha sido expandida gracias a los pronunciamientos jurisprudenciales emitidos por la Corte Constitucional del Ecuador.

Palabras Clave: jurisprudencia constitucional; proteccin; derechos; evolucin; alcance.

 

Abstract

Habeas corpus, as such an ancient figure, has evolved to provide protection to rights such as freedom, life, personal integrity and related rights (health, family life, etc.), in an agile and simple way because, as is known, in the case of People deprived of liberty are in the custody of the State, which must guarantee the well-being and dignity of these people. Thus, the Ecuadorian State, through its legislation and the supreme norm, protects this group that deserves priority attention through habeas corpus. In addition, through the Constitutional Court as the highest body for the administration of justice and constitutional interpretation, it has been possible to deepen the scope of this figure that acts to protect violated rights and repair them. With these contributions, the procedural and substantive rules that must be applied when resolving this guarantee become clear to the defendants and to those who administer justice. Thus, this investigative work intends to immerse the reader in a review of the evolution of habeas corpus at the national level and to identify the field of action that this figure has today, understanding that its classic meaning was to restore freedom, and that, currently, this protection has been expanded thanks to the jurisprudential pronouncements issued by the Constitutional Court of Ecuador.

Keywords: constitutional jurisprudence; protection; rights; evolution; scope.

 

Resumo

O habeas corpus, como figura to milenar, evoluiu para tutelar direitos como a liberdade, a vida, a integridade pessoal e direitos conexos (sade, convivncia familiar, etc.), de forma gil e simples porque, como se sabe, em o caso de pessoas privadas de liberdade esto sob custdia do Estado, que deve garantir o bem-estar e a dignidade dessas pessoas. Assim, o Estado equatoriano, por meio de sua legislao e da norma suprema, protege esse grupo que merece ateno prioritria por meio de habeas corpus. Alm disso, por meio do Tribunal Constitucional como rgo mximo de administrao da justia e interpretao constitucional, foi possvel aprofundar o alcance dessa figura que atua na proteo dos direitos violados e na sua reparao. Com estes contributos, ficam claras para os arguidos e para os que administram a justia as regras processuais e substantivas que devem ser aplicadas na resoluo desta garantia. Assim, este trabalho investigativo pretende mergulhar o leitor em uma reviso da evoluo do habeas corpus no mbito nacional e identificar o campo de atuao que esta figura possui hoje, entendendo que seu significado clssico era restaurar a liberdade, e que, atualmente, , esta proteo foi ampliada graas aos pronunciamentos jurisprudenciais emitidos pelo Tribunal Constitucional do Equador.

Palavras-chave: jurisprudncia constitucional; proteo; direitos; evoluo; escopo.

Introduccin

En los ltimos quince aos de la historia constitucional ecuatoriana, han tenido gran repercusin e importancia las denominadas garantas jurisdiccionales cuyo objetivo se traduce en la proteccin inmediata y eficaz de los derechos de las personas y de la naturaleza que se ven vulnerados, en consecuencia, buscan su respectiva reparacin (Ley Orgnica de Garantas Jurisdiccionales y Control Constitucional, 2009, Art. 6).

Estas garantas han encontrado su auge una vez que el Ecuador se reputa como un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, con ello, se ha buscado colocar a los derechos fundamentales como el centro del actuar del Estado y sus instituciones (Benavides y Escudero, 2013). No obstante, una de estas garantas ya existe desde hace varias dcadas, pero ha evolucionado hacia la proteccin de varios derechos de uno de los grupos de atencin prioritaria que atraviesa una tremenda oleada de violencia y transgresin de derechos. As es como podemos referirnos al hbeas corpus, como una figura constitucional que ampara a las personas privadas de libertad cuando ven sus derechos en peligro o violentados.

Es importante recordar que la dialctica del derecho ha contribuido para que, aquellas figuras legales que en el pasado tenan cierto espectro de proteccin de derechos se reafirmen y se amplen. Esto sucede con la figura constitucional en mencin. Pero, como debe ser conocido, la evolucin no se refleja en una sola ley a travs de reformas constantes, sino que, quienes se han encargado de realizar un desarrollo normativo evolutivo de la figura de hbeas corpus es la Corte Constitucional del Ecuador, como mximo ente de interpretacin de la norma suprema y de administracin de justicia constitucional (Constitucin de la Repblica del Ecuador, 2008, Art. 429).

Por todo ello, se busca con este artculo involucrar al lector en la evolucin del hbeas corpus y la importancia de su actuar a nivel constitucional con enfoque en la proteccin de derechos fundamentales. Para todo esto se necesitar hacer un recorrido terico y una revisin de la ley actual y la Constitucin, de la mano de los precedentes enmarcados en la jurisprudencia constitucional ecuatoriana que han logrado fijar el alcance de hbeas corpus, y que cada vez alcanza nuevos campos de proteccin sin desnaturalizar esta garanta.

 

Metodologa

El presente trabajo acadmico que servir para realizar un llamado al anlisis y al pensamiento crtico sobre temas que aborda el Derecho Constitucional se regir por una metodologa investigativa cuyo enfoque ser de carcter cualitativo, es decir, ms all de obtener datos estadsticos, se busca analizar la teora a partir de la revisin de literatura, de normativa, y de los criterios jurisprudenciales emitidos por la Corte Constitucional del Ecuador que tambin son recopilados por el Centro de Estudios y Difusin del Derecho Constitucional (CEDEC), con el fin de identificar el alcance y campo de actuacin del hbeas corpus.

Pues, conforme lo manifiesta la autora Guerrero, este tipo de investigacin busca comprender y profundizar los fenmenos, analizndolos desde el punto de vista de los participantes en su ambiente y en relacin con los aspectos que los rodean (2016, p. 3); lo cual se relaciona directamente con la bsqueda y anlisis de casos tomados por la Corte en mencin y resueltos como parte de la jurisprudencia constitucional. Adems, cabe sealar que es de gran utilidad el enfoque planteado para el desarrollo de este trabajo puesto que su aplicacin y uso es muy comn al dar lectura a documentos acadmicos y cientficos que abordan temticas relacionadas con las ciencias sociales y jurdicas, como sucede en el presente caso.

Cabe precisar que este trabajo ser de carcter terico, con un enfoque netamente investigativo, que se guiar por los objetivos propuestos, uno general y tres especficos. Esto determina desde el inicio el camino o ruta que se traza para orientar la propuesta investigativa.

Por otra parte, el alcance de esta investigacin ser descriptivo, mismo que permitir exponer informacin detallada sobre la figura del hbeas corpus y la proteccin que otorga a los derechos de personas privadas de libertad. As de manera estructurada y organizada se vuelve posible ahondar en el tema y problema identificado, haciendo uso de distintas herramientas y tcnicas, entre ellas: observacin documental, revisin de obras jurdicas, y con ello la recopilacin de datos tiles.

Finalmente, conforme se ha sealado el enfoque cualitativo, tambin se agrega el diseo de la investigacin cualitativa, con principal atencin en su tipo de teora fundamentada, que intenta hallar informacin fundamentada que servir para colocar las bases de la investigacin.

Resultados

Nociones generales.

El hbeas corpus es una figura constitucional hoy reconocida en Ecuador, muy antigua en la historia general, pues retrocediendo hacia la poca del Rey Juan Sin Tierras en el ao 1215, se puede observar que ya exista una especie de garanta en la Carta Magna () mediante la cual, el Rey se comprometa a respetar los derechos de los nobles y no disponer su muerte, prisin o la confiscacin de sus bienes, mientras no fuesen juzgados por sus iguales (nfasis me pertenece) (Fundacin Regional de Asesora en Derechos Humanos INREDH, 2012, p. 10).

En el caso de Ecuador se registra en el ao 1929 la primera aparicin de lo que podra llamarse hbeas corpus en la Constitucin del mismo ao con fines de proteccin hacia el derecho a la libertad, pero fue en 1933 cuando tuvo eficacia al asignarse a una autoridad competente para su conocimiento y sustanciacin (Velastegui y Lpez, 2023). Sin embargo, para poder comprender y tener nociones bsicas de lo que es el hbeas corpus es necesario remitirnos a los criterios de autores estudiosos del Derecho que podrn guiar nuestro entendimiento sobre la naturaleza del hbeas corpus, su significado literal y su forma de actuar a breves rasgos.

As, al partir del concepto y el origen etimolgico que tiene el hbeas corpus hay que hacer alusin a que, estas dos palabras (hbeas y corpus) pertenecen a vocablos de origen latn cuyo significado es que traigan el cuerpo, as, esta figura se utilizaba para que las personas que eran privadas de su libertad recobren su libertad despus de ponerlas a disposicin de un juez o autoridad que decida devolverles este derecho. Es entonces, que el hbeas corpus originalmente se destinaba a proteger el derecho a la libertad (INREDH, 1999).

Asimismo, hablar de hbeas corpus es referirnos a una garanta jurisdiccional, o sea, un mecanismo judicial que se interpone ante una autoridad judicial (juez/a), quien al revisar y corroborar la existencia de una vulneracin ordena al Estado por intermedio de sus instituciones o funcionarios a reparar el derecho vulnerado y a actuar conforme se requiera para subsanar el dao ocasionado o evitar que este se siga propagando (INREDH, 2012).

Una tercera consideracin es la de Galindo Sandoval quien seala lo siguiente:

el hbeas corpus como garanta constitucional, en su sentido clsico tiene como principal y exclusiva finalidad, solicitar al Poder Judicial la inmediata puesta a disposicin judicial de toda persona ilegalmente detenida. As se encuentra regulado en el Derecho Comparado en la mayora de los ordenamientos jurdicos (2014, p.4).

Esto corrobora lo mencionado en prrafos anteriores y el sentido clsico del hbeas corpus que se refleja en la proteccin a la libertad, esta proteccin ha evolucionado con el tiempo y actualmente se presenta cuando una persona ha sido privada de su libertad ilegal, ilegtima o arbitrariamente.

Se trata entonces de poner a una persona que ha sido detenida a disposicin de una autoridad judicial que analice la legalidad y legitimidad de este acto, esto, quiere decir, que el derecho a la libertad de las personas no puede ser manipulado por interpuesta persona, en cualquier momento o bajo motivos insuficientes, pues los instrumentos internacionales y la Constitucin vigente ecuatoriana se encargan de brindar un campo de proteccin a los derechos, al cual no pueden acceder las personas fcilmente, menos an siendo autoridades pblicas, es decir, hay un respeto por los derechos fundamentales de cada persona, ms an la libertad como uno de los ejes centrales para el ejercicio del resto de derechos.

Ahora bien, el hbeas corpus no se queda como una figura contemplada en la ley de forma inerte, esta se acompaa de los procedimientos necesarios que harn de esta figura un mecanismo gil, sencillo y eficaz. Se considera un procedimiento gil debido a la rapidez con la que se debe tramitar esta accin, tambin se conocen como procedimientos expeditos cuando se trata de proteger derechos vulnerados; es sencillo, porque se omiten formalidades innecesarias o trabas que nicamente sirven para demorar el proceso, pues, son causas que deben ser priorizadas y resueltas en el menor tiempo posible evitando que por causa de la resolucin tarda se produzcan consecuencias irreversibles; y, finalmente, es eficaz porque al ser una accin que debe ser resulta casi de forma inmediata cumple su cometido que es analizar las detenciones y devolver la libertad si estas se han llevado a cabo de forma ilegal, ilegtima o arbitraria (Valarezo lvarez, 2019).

As estas consideraciones bsicas se harn efectivas al plasmarlas en la legislacin de cada pas, en el caso de Ecuador, estas consideraciones las podemos hallar en la Ley Orgnica de Garantas Jurisdiccionales y Control Constitucional, que ser revisada con mayor detenimiento en apartados siguientes. Adems, esta garanta jurisdiccional tiene sustento a nivel internacional y regional con la Declaracin Universal de Derechos Humanos y la Convencin Americana sobre Derechos Humanos en la que se considera necesario que los Estados adopten en sus legislaciones una garanta para la proteccin de la libertad en casos puntuales, poniendo en conocimiento de una autoridad que revise y decida sobre la legalidad de una detencin y ordene la libertad cuando sea necesario.

 

Breve recorrido histrico a nivel nacional.

Si bien en pases de Europa y Norteamrica ya se hablaba del hbeas corpus, en Ecuador no fue sino hasta el ao 1929 con la Constitucin de ese ao que se logra incluir a este recurso sin considerar temas procedimentales para tramitarlo en aquella poca. Es por esto que su aplicacin inici en 1933 tras la expedicin de un decreto legislativo en el que se incorpor la Ley de Derecho de Hbeas Corpus que consideraba temas de procedimiento como, por ejemplo, quienes deban conocer y tramitar este recurso, as, las personas encargadas fueron el presidente del Concejo Municipal, del Consejo Provincial y del Consejo de Estado, presidente de la Corte Superior y el Jefe Poltico o Superior de la Guarnicin Militar (Anchundia, 2016). En relacin con este ltimo dato, se deber recordar que previo a la entrada en vigor de la Constitucin de 2008, la divisin territorial ecuatoriana tena una organizacin distinta a la que hoy mantenemos, sucede lo mismo con las autoridades competentes para conocer y resolver el hbeas corpus.

En 1945 y 1998 se mantuvo a una nica autoridad competente para solucionar estos casos, en el primer ao se determin al presidente del Concejo del Cantn en el cual se hallare detenida la persona que busca presentar el hbeas corpus, y en el segundo, corresponda al alcalde del cantn al que perteneca la persona detenida o arrestada (Anchundia, 2016). As continu este recurso hasta 1998, no obstante, cabe precisar que, en 1967 se instaur la posibilidad de plantear un hbeas corpus a las autoridades de forma verbal, volvindolo ms sencillo y gil con esta caracterstica que se ha mantenido hasta la actualidad.

Ahora bien, en el ao 1998 con la Constitucin vigente en ese ao se estableci que, el actuar del hbeas corpus proceda tambin contra actos de autoridades, es decir si una autoridad detena a un particular, este ltimo tendra la posibilidad de interponer un hbeas corpus, porque para los casos de detenciones entre particulares se requera de la denuncia ante un juez o autoridad policial mas no, un hbeas corpus (Anchundia, 2016).

Despus de este recorrido aparece la Constitucin vigente desde el ao 2008, cuyo fin central es la proteccin de los derechos de todas las personas y para lograr este cometido fue necesaria la incorporacin de mecanismos que hicieran efectivos esos derechos y que se encarguen de brindarles proteccin ante cualquier vulneracin, as nace el hbeas corpus como mecanismo jurisdiccional que se incoa ante jueces ordinarios que al mismo tiempo cumplen con su rol constitucional; este mecanismo s acta cuando las detenciones son realizadas por funcionarios pblicos o particulares.

De alguna forma se podra considerar que, con la nueva Constitucin, este conocido recurso se vuelve una accin de suma importancia que se hace efectiva a travs de un procedimiento ordenado, expedito, evitando dilaciones y formalidades innecesarias, y que se vuelve ms accesible para los justiciables que buscan se garanticen sus derechos.

 

El hbeas corpus en la normativa y jurisprudencia constitucional ecuatoriana.

Como bien se ha sealado previamente, con la aparicin de la Constitucin de la Repblica del Ecuador en el ao 2008, se recoge a una serie de garantas jurisdiccionales como medios para garantizar la efectividad y el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas. El hbeas corpus se encuentra dentro de estas garantas.

El artculo 89 de la Constitucin de la Repblica establece el fin de esta garanta que se refleja en recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegtima () as como proteger la vida y la integridad fsica de las personas privadas de libertad. Partiendo por aqu, es claro que el tipo de hbeas corpus clsico que protege la libertad no es el nico aplicable en el mbito jurdico ecuatoriano. Pues el hbeas corpus se encarga de velar por la vida e integridad de las personas privadas de libertad, ms an tomando en consideracin las oleadas de crmenes y violencia que se vive al interior de los centros penitenciarios.

As la ley correspondiente, Ley Orgnica de Garantas Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC), ampla este precepto que establece la Constitucin, porque cuenta con una lista de causas en las que resulta aplicable y procedente el hbeas corpus. El artculo 43 de esta ley incluye como fin del hbeas corpus la proteccin a los derechos conexos a la integridad fsica de las personas privadas de libertad, y seala los siguientes derechos que, de no ser cumplidos dan paso a esta accin constitucional:

1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegtima, proteccin que incluye la garanta de que la detencin se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepcin de los casos de flagrancia;

2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio nacional;

3. A no ser desaparecida forzosamente;

4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o degradante;

5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo poltico, no ser expulsada y devuelta al pas donde teme persecucin o donde peligre su vida, su libertad, su integridad y su seguridad;

6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias;

7. A la inmediata excarcelacin de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por una jueza o juez;

8. A la inmediata excarcelacin de la persona procesada cuando haya caducado la prisin preventiva por haber transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisin y de un ao en los delitos sancionados con reclusin;

9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad humana;

10. A ser puesta a disposicin del juez o tribunal competente inmediatamente y no ms tarde de las veinticuatro horas siguientes a su detencin (LOGJCC, 2009, art. 43).

Despus de realizar una revisin breve cabe destacar que se busca proteger a las personas en situacin de arresto o detencin por motivos que la ley no permite, as tambin sucede con la proteccin del derecho a la vida y a la integridad personal de las personas detenidas o privadas de libertad. Con esta observacin se vuelve posible encasillar al hbeas corpus en distintos campos en que este acta (correctivo, restaurativo, preventivo). Inclusive se puede aadir que acta tambin en casos de desapariciones forzosas con el fin de lograr se ponga en libertad a la persona retenida y as se evita cualquier vulneracin posterior a su vida e integridad.

El trmite se realizar siguiendo las normas procedimentales que establece la ley, entre estas, est la agilidad del hbeas corpus que se observa cuando la ley establece que esta accin deber resolverse en un plazo de hasta 24 horas posterior a la presentacin de la demanda de hbeas corpus. Adems, en ciertos casos, el juez que sustancie estas acciones deber emitir sentencia ordenando la libertad de la persona privada de su derecho a la libertad, esto principalmente para el caso de vejaciones contra la integridad personal como actos de tortura y cuando se ejecutan privaciones de libertad ilegtimas, ilegales o arbitrarias (LOGJCC, 2009).

Ahora bien, quienes estn llamados a resolver y conocer estas causas son los jueces de la justicia ordinaria a quienes la Constitucin les ha otorgado la competencia para sustanciar causas constitucionales, por ejemplo, en el caso de una accin de hbeas corpus. Mientras que, el ente superior encargado de revisar como se desenvuelve la administracin de justicia constitucional en cada territorio es la Corte Constitucional del Ecuador, pues es concebida por la Constitucin como el mximo rgano de justicia constitucional, misma que, tras la revisin de sentencias que resuelven sobre garantas jurisdiccionales emite sus criterios jurisprudenciales y sienta precedentes.

As, entonces, es posible hablar de sentencias que constituyen jurisprudencia vinculante cuando son emitidas por la Corte Constitucional con efectos erga omnes, y, como sucede en nuestro pas la Corte ha desarrollado ms de 40 sentencias que versan sobre el objeto, fin, naturaleza y alcance del hbeas corpus.

Por ejemplo, queda claro que el hbeas corpus protege la libertad de las personas cuando son privadas ilegal, ilegtima o arbitrariamente, pero, a lo largo de la evolucin social y jurdica se presentan casos que pueden prestarse para dudas o ambigedad al momento de aplicar la ley, por eso, el trabajo de la Corte ha sido explicar situaciones que se han prestado para la confusin o incluso abuso, a partir de pronunciamientos con un lenguaje comprensible para las personas en general y no solo para los profesionales del derechos. Es entonces que, si nos remitimos a dar lectura al material exclusivo que ha sacado el Centro de Estudios y Difusin del Derecho Constitucional-CEDEC (mismo que en su desarrollo contempla los pronunciamientos de la Corte), podemos observar precisiones respecto de este tipo de hbeas corpus que busca proteger la libertad.

Se ha dicho que, la privacin de libertad no solo implica la orden y el momento de la aprehensin, sino que, se tienen en cuenta las condiciones en las que se desarrolla la privacin de libertad, es decir, cmo se encuentra la persona durante el tiempo en el que se halla impedida de transitar libremente, pues pese a que se cuente con una orden de privacin de libertad conforme a la ley y aun siguiendo un debido proceso tambin puede suceder que posteriormente las condiciones en las que se desarrolla la privacin de libertad sean precarias y contrarias a la dignidad humana, lo cual hace que la privacin de libertad se vuelva ilegal o ilegtima (Daz y Gallegos, 2022). As entonces se puede observar que la proteccin del derecho a la libertad por s mismo da paso a la proteccin de la vida y la integridad de las personas pues mientras estn privadas de libertad, detenidas o arrestadas, deben permanecer con vida y su integridad debe mantenerse intacta.

Deber tomarse en cuenta que, esta accin no tendr fines encaminados a la revisin y modificacin de la pena impuesta por el cometimiento de un delito o contravencin, porque ese no es su esencia o espritu, pues, los juzgadores deben enfocar su anlisis en evidenciar si la detencin recae en arbitraria, ilegal o ilegtima o si la persona ha sido objeto de tratos, crueles, degradantes o tortura, segn los hechos que se presente; ms no determinar si la pena impuesta es la adecuada al tipo penal o si la misma es desproporcional (Sentencia 004-18-PJO-CC, 2018).

As tambin para conocer el campo en que acta esta accin se deber dar lectura a la Sentencia No. 189-18-JH/21 y acumulados (2021) donde se decidi sobre la procedencia del hbeas corpus en procesos penales abreviados donde ya existe una sentencia condenatoria y una pena impuesta. Es en este caso, donde se ha dejado claro adems que esta accin no debe ser considerada como un recurso para impugnar la decisin emitida por el juez o tribunal de garantas penales. No se trata de contradecir lo que ha resuelto el juez de lo penal sino nicamente corregir las vulneraciones y reparar el derecho.

En el escenario de proteccin de la libertad tambin es aplicado frente a detenciones por procesos o sanciones administrativas (Sentencia No. 2533-16-EP/21), y cuando hay restriccin de libertad en centros de acogimiento institucional (Sentencia No. 202-19-JH/21). En estos casos tambin es necesario realizar una revisin del estado en que se encuentra la vida y la integridad de las personas retenidas, pues con la afeccin a la libertad otros derechos se pueden ver consecuentemente afectados.

De esta forma, la Corte tambin ha sealado que el hbeas corpus opera en casos de vulneracin a la integridad personal de personas detenidas o privadas de libertad, as a travs de la sentencia 365-18-JH/21 y acumulados (2021), deja por sentadas las reglas para la proteccin de este derecho, considerando que aunque la ley y la Constitucin han sealado la proteccin a la integridad fsica el trabajo de la Corte ha sido ampliar este criterio de la manera ms favorable a los derechos humanos, por eso, se busca el amparo de la integridad personal la cual se conforma por la integridad fsica, sexual, psquica y moral. Adems, se busca precautelar a las personas que enfrentan una doble vulnerabilidad como las mujeres embarazadas quienes tienen el derecho de cumplir la privacin de libertad a travs de un posible arresto domiciliario mientras dure el estado de gravidez y los primeros meses del recin nacido para que pueda tener derecho al periodo de lactancia (Sentencia 247-17-SEP-CC, 2017).

De manera similar la Corte extiende la proteccin al derecho a la salud, derecho que se vio trasgredido de forma muy visible durante el tiempo de duracin de la pandemia COVID-19 en el Ecuador. La salud es indispensable para mantener una vida en bienestar y es necesario que las personas privadas de libertad que cuentan con cualquier tipo de enfermedad tengan acceso a una atencin mdica adecuada y a un tratamiento mdico de ser necesario. Para coordinar la garanta de estas necesidades los jueces de garantas penitenciarias tendrn a su cargo ordenar la salida de estas personas a centros de salud pblica y obligatoriamente tener personal de salud al interior de los centros de privacin de libertad. En casos de mayor complejidad se podr acudir hacia la accin de hbeas corpus para buscar una medida alternativa a la privacin de libertad que permita a la persona estar al alcance de los servicios y tratamientos mdicas que necesita (Sentencia 209-15-JH/19 y acumulado, 2019).

Finalmente, aunque no exista un pronunciamiento nico para proteger el derecho a la vida, se sobrentiende que si se pone en riesgo la integridad tambin se amenaza la vida, en muchos casos. Sin embargo, la vida es el derecho primordial que por excelencia debe verse tutelado y por ende se deber prevenir cualquier acto al interior de los centros de privacin de libertad que dae a este derecho, tal como ha sucedido con las crisis penitenciarias suscitadas en Ecuador donde se transgrede la vida, en estos casos, el hbeas corpus debera actuar frente a las amenazas contra este derecho pues una vez transgredido el objeto de accin de esta figura pierde el sentido porque no podra tutelar este derecho y mucho menos repararlo.

 

Alcance del hbeas corpus.

En este apartado se busca resumir de forma concreta los alcances que mantiene el hbeas corpus en nuestro sistema jurdico actual y con ello las modalidades en que acta y los derechos a los cuales protege.

En primer lugar, como ya se ha dicho que protege la libertad, el hbeas corpus se encasilla en uno de los tipos restaurativos como el modelo original o clsico de esta figura cuando hablamos de privaciones ilcitas, ilegtimas o arbitrarias, el propsito de esta proteccin que brinda el hbeas corpus es devolver la libertad (Daz y Gallegos, 2022). En palabras de la Corte Constitucional del Ecuador en su sentencia No. 202-19-JH/21:

El objeto del hbeas corpus es el derecho a la libertad y la finalidad es recuperarla, como cuando una persona ha sido detenida sin boleta ni en flagrancia, o restringir las limitaciones a la privacin de libertad, como cuando una persona ha cumplido todos los requisitos para obtener la prelibertad y arbitrariamente no le conceden. El juez o jueza que conoce el hbeas corpus debe i) verificar si la privacin de libertad es ilegal, arbitraria o ilegtima y ii) analizar el momento de la privacin de libertad (2021, prr. 86)

Ahora bien, tambin acta con fines correctivos ante vulneraciones de derechos como la integridad personal cuando al interior de los centros penitenciarios ocurren agresiones de tipo fsico, verbales, sexuales, etc., por parte de los agentes penitenciarios o de las personas privadas de libertad. Estos ltimos de forma general se encuentran bajo el cuidado integral del Estado quien debe procurar su bienestar y atender este tipo de actos prohibidos. Es de esta forma que, frente a su alcance correctivo, la Corte considera lo siguiente:

En el segundo caso (2), que se ha denominado hbeas corpus correctivo, el objeto del hbeas corpus son los derechos en la privacin de libertad y la finalidad es garantizar los derechos conexos que se vulneran gravemente durante la privacin de libertad, como privar de alimentos a una persona, no brindar atencin oportuna de salud a personas enfermas que podran conllevar al deterioro de salud o a la muerte, disponer la incomunicacin. La privacin a la libertad conlleva a limitaciones inevitables a otros derechos, tales como a la vida familiar, la privacidad, el libre desarrollo de la personalidad, la autonoma. Esas restricciones y limitaciones sern justiciables mediante la garanta de hbeas corpus cuando no fueren razonables o si producen efectos o daos graves al titular de derechos. El juez o jueza que conoce el hbeas corpus debe verificar las vulneraciones a derechos producidas durante la privacin o restriccin a la libertad y efectuar un anlisis ms amplio de todo el proceso de privacin de libertad (Sentencia No. 202-19-JH/21, 2021, prr. 89).

Tambin se deber considerar que el hbeas corpus acta preventivamente, as, aunque parezca un alcance novedoso ya ha sido confirmado por la Corte Constitucional en su sentencia No. 159-11-JH/19 donde se considera que se puede actuar a travs de un hbeas corpus ante amenazas a derechos como la vida e integridad cuando el derecho a la libertad ha sido vulnerado como sucedi con un caso de una persona migrante cuya condicin migratoria no estaba regularizada y fue detenida ilegalmente por esa razn. As, se ha dicho que: la Corte estableci que el hbeas corpus puede tener un fin preventivo, en tanto busca tutelar la posible violacin de derechos de las personas que se encuentran privadas de la libertad (Daz y Gallegos, 2022, p. 48).

De manera textual en la sentencia 159-11-JH/19 en torno al contexto de irregularidad que atravesaba un migrante residente en Ecuador, manifiesta lo que se detalla a continuacin:

La tutela de derechos que se pretende por medio de la accin de hbeas corpus tiene adems un efecto preventivo, con relacin a la potencial violacin de otros derechos producto de una privacin ilegal de la libertad. Al no haber sido el hbeas corpus una garanta eficaz las consecuencias de la falta de tutela efectiva provoc, en el caso, que se violen los derechos de libertad, el sometimiento de la persona a condiciones de privacin de libertad indignas al debido proceso en el juicio de deportacin y, en consecuencia, a sus derechos que se derivan de su condicin de movilidad (2019, prr. 57).

Finalmente, un ltimo alcance se refleja en el fin reparador de esta accin, pues los jueces o juezas que resuelven este tipo de acciones deben analizar cada caso concreto e identificar la vulneracin de derechos y las estrategias o mecanismos adecuados para evitar se siga cometiendo tales actos vulneradores y se repare el dao causado.

 

Discusin

El hbeas corpus no siempre ha sido considerado una garanta jurisdiccional, es ms, era considerado un recurso, sin embargo, la Corte Constitucional afirma que el hbeas corpus no puede usarse para recurrir de una decisin, pues para eso existen los recursos verticales y horizontales conforme la norma los integra en su texto. Por otro lado, se podra cuestionar el avance del hbeas corpus por parte de algunos autores y creer que, porque su espectro de accin se ha expandido en favor de varios derechos, no solo la libertad, este se est desnaturalizando o inclusive se llega a pensar que se est cayendo en una especie de abuso. Para esto se podra aadir que, por un lado, todas las personas sin distincin pueden iniciar una accin de hbeas corpus para la proteccin de sus derechos, sin que esto implique buscar que a travs de la justicia constitucional se vuelva posible evadir a la justicia penal, pues porque si bien la primera se encarga de proteger y reparar derechos sin distincin alguna, la segunda se encarga de atender a quienes cometen delitos a travs de una sancin que debe implicar la rehabilitacin y posterior reinsercin de quien ha transgredido la ley. Adems, el derecho avanza conforme avanza la sociedad, pero de ninguna manera se debe creer que, porque esta figura constitucional se ha expandido para brindar una mayor proteccin, se desnaturaliza, pues esta acta de distintas formas y en distintos momentos, pero mantiene su fin que, consiste en precautelar derechos de una persona que ha sido detenida o privada de su libertad cuando no debi ser vctima de estos sucesos. Finalmente, el trabajo que ha realizado la Corte Constitucional para interpretar extensivamente la norma y de forma ms favorable a los derechos se configura como un gran avance en materia de derechos humanos y en atencin a grupos prioritarios, adems ha servido de referencia para que otros autores consideren estas modalidades en que acta el hbeas corpus y cada vez ampara a la vida, integridad y libertad de personas en distintos contextos que quiz la ley no ha previsto desde un inicio.

 

Conclusiones

Es trascendental el rol que cumple esta figura constitucional que ampara los derechos a la libertad, vida, integridad y derechos conexos de personas privadas de libertad, esto se acompaa del rol de los jueces ordinarios que asumen su rol constitucional y de la Corte Constitucional al realizar su ejercicio de revisin de causas, quienes se encargan de aplicar la normativa y resolver bajo el enfoque garantista del modelo constitucional vigente en Ecuador.

As el hbeas corpus no solo se ha quedado en la proteccin a la libertad como en su origen lo realizaba, ahora, tomando en cuenta al derecho internacional de los derechos humanos y los distintos instrumentos de derechos humanos que buscan dar una garanta o accin a quienes han perdido sus derechos por hallarse en prisin, de forma que, si deben cumplir una condena lo realicen bajo un debido proceso, de forma legal y legtima, pero ms all de tales consideraciones tampoco se puede dejar a estas personas en desproteccin ante cualquier suceso eventual posterior a la detencin o durante la detencin que no vulnere la forma procedimental en que se lleva a cabo la privacin del derecho a la libertad sino que tambin se vele por la integridad personal y por ende la vida de estas personas.

Con lo dicho es entonces necesario introducir que el hbeas corpus no se limita nicamente a sus fines restaurativos, es decir, a devolver la libertad en casos de privacin arbitraria, ilegal o ilegtima, tambin se enfoca en brindar proteccin a la vida y a la integridad personal cuando se ve amenazada o transgredida, aqu opera el hbeas corpus correctivo. Por ltimo, tambin se han emitidos fallos que confirman el fin preventivo que opera para proteger la libertad, integridad y vida en casos de privacin de libertad indebida.

Aunque la legislacin no reconoce los diversos tipos de manera explcita, es la Constitucin la que deja la posibilidad de hacer un ejercicio expansivo cuando se ve la necesidad de garantizar derechos fundamentales. As entonces, aunque la legislacin en la mayora de causas por las que se podra activar un hbeas corpus se vincula con el tipo restaurativo que repara la libertad y nicamente dos de ellas que versan sobre el tipo correctivo, no cabe duda que esto se ha ido ampliando conforme los casos prcticos puestos a conocimiento de los jueces constitucionales de la justicia ordinaria que fueron reforzados con criterios de decisin emitidos por los jueces de la Corte Constitucional.

Este ejercicio que se realiza es muy til para el desarrollo normativo y para conocer el alcance que tiene la normativa frente al hbeas corpus puesto a disposicin de los justiciables. No obstante, cabe la duda de si en base a los instrumentos internacionales de derechos humanos o quiz la legislacin comparada o jurisprudencia de pases con grana avance del derecho constitucional, los jueces ordinarios han resuelto causas sobre hbeas corpus que hagan de esta figura una con mayor alcance del ya abordado en este trabajo, es decir, que aparezcan nuevos tipos que pudiesen ser aplicables en la realidad jurdica ecuatoriana.

Ahora, el deber recae en difundir estos criterios adems de aquel trabajo de difusin que realiza la Corte y el CEDEC, pues es necesario el manejo de jurisprudencia para conocer el alcance de la normativa y saber el sentido y aplicacin de las mismas, pues la ley es muy restringida, adems que, al trascender a un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, es muy rescatable el manejo del bloque de constitucionalidad, jurisprudencia, doctrina y fuentes del derecho que hagan posible la proteccin de derechos con amplitud para alcanzar la justicia, incluso si la ley no lo prev, pues eso suceda en el pasado con el Estado de Derecho que se remita a la ley por encima de cualquier otra cosa.

Tampoco se trata de que este trabajo jurisprudencial se convierta en la excusa para incurrir en abuso del derecho, si no, para proteger derechos de las personas privadas de libertad.

 

Referencias

Anchundia, A. (2016). Avances del Hbeas Corpus en el Ecuador. Fundacin Regional de Asesora en Derechos Humanos (INREDH). https://inredh.org/avances-del-habeas-corpus-en-el-ecuador/

Anchundia, A. (2022). Avance del hbeas corpus en el Ecuador. INREDH. https://inredh.org/avance-del-habeas-corpus-en-el-ecuador/

Asamblea Constituyente. (2008). Constitucin de la Repblica del Ecuador. Registro Oficial No. 449.

Asamblea Nacional de la Repblica del Ecuador. (22 de octubre de 2009). Ley Orgnica de Garantas Jurisdiccionales y Control Constitucional.

Benavides, J., & Escudero, J. (2013). Manual de justicia constitucional ecutoriana (Primera ed.). Quito: Corte Constitucional del Ecuador.

Convencin Americana sobre Derechos Humanos. (1969). https://www.oas.org/dil/esp/tratados_b-32_convencion_americana_sobre_derechos_humanos.htm

Corte Constitucional del Ecuador. Sentencia No. 004-18-PJO-CC. Caso No. 0157-15-JH. (18 de julio, 2019).

Corte Constitucional del Ecuador. Sentencia No. 159-11-JH/19. (2019). J.P. Ramiro vila Santamara.

Corte Constitucional del Ecuador. Sentencia No. 189-18-JH y acumulados/21 (08 de diciembre, 2021). J.P. Daniela Salazar Marn.

Corte Constitucional del Ecuador. Sentencia No. 202-19-JH/21. (24 de febrero, 2021). J.P. Ramiro vila Santamara.

Corte Constitucional del Ecuador. Sentencia No. 209-15-JH/19 y acumulado. (12 de noviembre, 2019). J.P. Daniela Salazar Marn.

Corte Constitucional del Ecuador. Sentencia No. 247-17-SEP-CC. (09 de agosto, 2017). J.P. Alfredo Ruz Guzmn.

Corte Constitucional del Ecuador. Sentencia No. 365-18-JH/21 y acumulados (2021). J.P. Agustn Grijalva.

Corte Constitucional del Ecuador. Sentencia No. 2533-16-EP/21. (28 de julio, 2021). J.P. Karla Andrade Quevedo.

Daz, M. y Gallegos, D. (2023). Gua de Jurisprudencia Constitucional Hbeas Corpus. Corte Constitucional; Centro de Estudios y Difusin del Derecho Constitucional (CEDEC).

Fundacin Regional de Asesora en Derechos Humanos (INREDH). (1999). Hbeas Corpus Manual Tcnico para su manejo. https://www.corteidh.or.cr/tablas/22791.pdf

Fundacin Regional de Asesora en Derechos Humanos (INREDH). (2012). El hbeas Corpus: Gua Popular para su aplicacin. https://inredh.org/archivos/pdf/c_habeas%20corpus_2012.pdf

Galindo, C. (2014). Consideraciones sobre el hbeas corpus. Revista Jurdico "Docentia et Investigatio", 1(16), pp. 199-207.

Garca, D. (2000). El hbeas corpus en Amrica Latina: antecedentes, desarrollo, perspectivas. pp. 71-74.

Guerrero, M. (2016). La investigacin cualitativa. INNOVA Research Journal 2(1), pp. 1-9. ttps://doi.org/10.33890/innova.v1.n2.2016.

Londoo, D. (2019). El hbeas corpus como garanta constitucional para la proteccin de derechos fundamentales vulnerados por el hacinamiento carcelario. Via Inveniendi Et Iudicandi, 2(14), pp. 65-68.

Rodrguez, N., Narvez, C., Guerra, M. y Erazo, C. (2020).Hbeas corpus preventivo como garanta del derecho a la vida, la integridad fsica y libertad. Iustitia Socialis: Revista Arbitrada de Ciencias Jurdicas y Criminalsticas, 8(5), pp. 608-623.

Valarezo lvarez, M. (2019). La garanta constitucional de la libertad personal y el habeas corpus como elemento de proteccin del bien jurdico. Revista Universidad y Sociedad 5(11).

Velastegui, R. y Lpez, D. (2023). El alcance de la garanta del hbeas corpus en el Ecuador. Ciencia Latina Revista Cientfica Multidisciplinar, 7(1).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2023 por los autores. Este artculo es de acceso abierto y distribuido segn los trminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)

(https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/).

Enlaces de Referencia

  • Por el momento, no existen enlaces de referencia
';





Polo del Conocimiento              

Revista Científico-Académica Multidisciplinaria

ISSN: 2550-682X

Casa Editora del Polo                                                 

Manta - Ecuador       

Dirección: Ciudadela El Palmar, II Etapa,  Manta - Manabí - Ecuador.

Código Postal: 130801

Teléfonos: 056051775/0991871420

Email: polodelconocimientorevista@gmail.com / director@polodelconocimiento.com

URL: https://www.polodelconocimiento.com/