xito o fracaso de la tutela judicial en procesos de la corte constitucional

 

Success or failure of judicial protection in processes of the constitutional court

 

Sucesso ou insucesso da tutela jurisdicional em processos do Tribunal Constitucional

 

Vicente Paul Borbor Mite I
vi_paulalcalde@hotmail.com
https://orcid.org/0000-0002-7125-4214
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: vi_paulalcalde@hotmail.com

 

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

* Recibido: 23 de noviembre de 2022 *Aceptado: 12 de diciembre de 2022 * Publicado: 9 de enero de 2023

 

  1. Abogado, Magster, Docente de la Universidad de Guayaquil, Ecuador.

Resumen

Este trabajo analiza la tutela judicial efectiva, en cual toda persona tiene derecho al libre acceso a la justicia y el derecho a ser protegida, el cual no quedar indefensa en ninguna circunstancia y tiene derecho a proteger sus derechos de forma libre, justa y prontamente. As como la finalidad del ejercicio de la jurisdiccin para que los jueces juzguen y ejecuten sentencias. De tal forma aplicar las Leyes destinadas a la resolucin de conflictos y la realizacin de derechos declarados o establecidos.

La tutela judicial efectiva es el derecho a interponer una demanda en un tribunal nacional para que responda a reclamaciones especficas de conformidad con la Ley. Los derechos obtenidos deben cumplir con la decisin sobre el fondo del caso y cumplir con los requisitos de la Constitucin y la ley. En materia de proteccin, la proteccin judicial se logra a travs de un procedimiento que debe reunir las condiciones mnimas.

Por lo tanto, la tutela judicial efectiva est en consonancia con su esencia, es decir, gozar de libre acceso a la jurisdiccin, procedimientos justos y equitativos, derechos de defensa adecuados sin demoras innecesarias, sentencias con motivaciones adecuadas. En este sentido, se analiza el aporte de la transformacin judicial ecuatoriana a la seguridad de los ciudadanos en relacin con la garanta de acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva. La metodologa de esta investigacin se desarrolla de manera descriptiva y evaluativa, es decir, se realizarn comparaciones de sentencias de la corte que garanticen la tutela judicial efectiva.

Palabras Clave: Acceso; garanta; seguridad; transformacin judicial; tutela.

 

Abstract

This paper analyzes effective judicial protection, in which everyone has the right to free access to justice and the right to be protected, who will not be defenseless under any circumstances and has the right to protect their rights freely, fairly and promptly. As well as the purpose of the exercise of jurisdiction for judges to judge and execute sentences. In this way, apply the Laws destined to the resolution of conflicts and the realization of declared or established rights.

Effective judicial protection is the right to file a lawsuit in a national court to respond to specific claims in accordance with the Law. The rights obtained must comply with the decision on the merits of the case and meet the requirements of the Constitution and the law. In terms of protection, judicial protection is achieved through a procedure that must meet the minimum conditions.

Therefore, effective judicial protection is in line with its essence, that is, enjoying free access to jurisdiction, fair and equitable procedures, adequate defense rights without unnecessary delays, sentences with adequate motivations. In this sense, the contribution of the Ecuadorian judicial transformation to the security of citizens in relation to the guarantee of access to justice and effective judicial protection is analyzed. The methodology of this research is developed in a descriptive and evaluative way, that is, comparisons of court sentences will be made to guarantee effective judicial protection.

Keywords: Access; warranty; security; judicial transformation; guardianship.

 

Resumo

Este trabalho analisa a tutela jurisdicional efetiva, na qual todos tm direito ao livre acesso justia e o direito de serem protegidos, que no ficaro indefesos em hiptese alguma e tm o direito de tutelar seus direitos de forma livre, justa e tempestiva. Bem como a finalidade do exerccio da jurisdio para os juzes julgarem e executarem sentenas. Desta forma, aplicar as Leis destinadas resoluo de conflitos e realizao de direitos declarados ou estabelecidos.

A tutela jurisdicional efectiva o direito de intentar uma aco perante o tribunal nacional para responder a reivindicaes especficas nos termos da Lei. Os direitos obtidos devem respeitar a deciso de mrito da causa e cumprir os requisitos da Constituio e da lei. Em termos de proteo, a tutela jurisdicional conseguida atravs de um procedimento que deve reunir as condies mnimas.

Portanto, a tutela jurisdicional efetiva est em consonncia com sua essncia, ou seja, gozar de livre acesso jurisdio, procedimentos justos e equitativos, direitos de defesa adequados sem demoras desnecessrias, sentenas com motivaes adequadas. Nesse sentido, analisa-se a contribuio da transformao judicial equatoriana para a segurana dos cidados em relao garantia de acesso justia e proteo judicial efetiva. A metodologia desta pesquisa desenvolvida de forma descritiva e avaliativa, ou seja, sero feitas comparaes de sentenas judiciais para garantir a tutela jurisdicional efetiva.

Palavras-chave: Acesso; garantia; segurana; transformao judicial; tutela.

Introduccin

El concepto de tutela judicial efectiva se considera un derecho bsico y se anota en sus componentes bsicos. Para ello, estudiar su significado desde el mbito de la Constitucin y la Ley Orgnica de la Funcin Judicial (por ejemplo, sus pautas en la teora y precedentes del Tribunal Constitucional espaol (institucin que ha estudiado ampliamente el tema), y luego determinar cmo los tribunales ecuatorianos ven el campo del derecho.

La nueva constitucin de 2008 define al pas ecuatoriano como una constitucin de derechos y justicia social, lo que significa que los derechos establecidos en la constitucin no solo son declarativos, sino que garantizan su plena vigencia; la nueva constitucin establece la tutela, es decir, el poder judicial, eso es un derecho observable. Para todos los procedimientos, ya sean administrativos o judiciales, deben tener derecho a asistir a las partes en el procedimiento para que se respete la garanta bsica del procedimiento en igualdad de condiciones. En este sentido, los jueces y dems personal judicial son personas que estn obligadas a respetar la tutela judicial efectiva. Sin embargo, el estado no siempre respeta los derechos que debe respetar.

En el sistema judicial de nuestro pas an existen casos de demoras, demoras y violaciones a los principios y derechos bsicos, que se han transformado en violaciones a las garantas bsicas del debido proceso. Aquellas partes procesales que finalmente creyeron que no podan obtener respuesta. del estado ecuatoriano se vieron afectados, sienten que la justicia es injusta.

El derecho en la categora de leyes que constituyen la proteccin judicial adecuada es obtener acceso inmediato a una justicia justa, emitir fallos apropiados y hacer cumplir la sentencia como un juez imparcial. El incumplimiento de estas disposiciones constitucionales indudablemente generar inseguridad jurdica en el pas, el incumplimiento de las normas constitucionales se ha convertido en el trabajo diario de nuestro personal judicial.

El artculo 393 de la Constitucin de la Repblica establece: "El Estado adoptar polticas y acciones integrales para garantizar la seguridad de las personas y asegurar su convivencia pacfica, promover una cultura de paz, prevenir la violencia y la discriminacin y cometer actos ilcitos. La planificacin y se entregar la implementacin de estas polticas. Es responsabilidad de organismos especializados en todos los niveles de gobierno .

Entendiendo que la seguridad ciudadana est en construccin, este artculo refleja los resultados de concienciar a las personas sobre los derechos y garantas constitucionales, pero tambin para ayudar a las personas La conciencia de las obligaciones son principalmente aquellas que promueven una vida mejor con los dems.

 

Marco Terico

La tutela judicial efectiva es el derecho a entablar una demanda en los tribunales nacionales para que responda a reclamaciones especficas de conformidad con la Ley. Los derechos obtenidos deben ajustarse a la decisin sobre el fondo del caso y cumplir con lo establecido en la Ley.

En materia de proteccin, la proteccin judicial se logra a travs de un procedimiento que debe reunir las condiciones mnimas. El procedimiento debe cumplir las condiciones mnimas, para que el procedimiento sea justo, y la resolucin emitida pueda asegurar la efectividad y ejecucin del procedimiento.

La sentencia no es meramente una declaracin de los siguientes hechos: buenas intenciones. En otras palabras, la tutela judicial efectiva est en consonancia con su esencia, es decir, el libre acceso a la jurisdiccin, los procedimientos justos y equitativos y los derechos de defensa adecuados, sin demoras innecesarias, pueden motivar especiales las sentencias Observar y prestar especial atencin a los procesos judiciales. El sujeto y sus reglas aplicables, al final, el derecho se realiza con la ejecucin de la sentencia, porque si la sentencia no se ejecuta no se puede garantizar la efectividad de la tutela judicial. [1]

 

Antecedentes

Sin duda, a partir de la Revolucin Francesa de 1789 comenzaron a gestarse nuevas formas de concebir los derechos del pas y del pueblo. Antes de esto, los derechos de los ciudadanos se reducan al mnimo. El rey monopolizaba todos los poderes dentro del pas. Su voluntad era la Ley. Por injusto y errtico que fuera un ciudadano, los ciudadanos no podan ignorar su autoridad. . Sin embargo, a juzgar por lo ocurrido en Francia, ciertamente no olvidaremos lo que sucedi en Estados Unidos hace unos aos. Se puede decir que otro concepto de lo que es o debera ser el Estado moderno, sus caractersticas, poder, en fin, La aparicin de limitaciones, propsitos, etc., son una nueva cosmovisin sobre el significado del pas.

A pesar de los grandes aportes de la Revolucin Francesa y la Constitucin norteamericana, el concepto de Estado de derecho naci gracias a las enseanzas alemanas, que puede considerarse como el punto ms alto del acuerdo social Rosso. Lo que se reconoce como monarca ya no es un monarca, sino un miembro de todos los pases, por lo tanto, este debe ser considerado como un sujeto igual a los ciudadanos, y entonces ambos deben regirse por la misma ley.

Siguiendo el mismo pensamiento, en la definicin clsica del estado de derecho, se puede seguir la afirmacin del profesor Pablo Lucas Verd: la preexistencia de normas y sistemas jurdicos garantiza sus derechos y libertades; cuando las actividades del Estado estn reguladas por la ley Hay no hay excepciones a las limitaciones del sistema y los requisitos para los intereses comunes, por lo que enfrentaremos el imperio de la ley .

En definitiva, a partir de la evolucin del concepto de Estado de Derecho se puede lograr un objetivo, es decir, lograr una mayor proteccin y garanta de los derechos bsicos de las personas, y hay que confirmar que desde la Segunda Guerra Mundial, la El sistema constitucional siempre se ha preocupado por los derechos humanos, sin duda uno de los derechos que constituye esta amplia proteccin jurdica es el derecho de toda persona a acudir a los tribunales antes de que aparezcan pruebas de violaciones de derechos humanos. El derecho del pas o de la persona y el derecho a obtener una resolucin fundamentada, que haya cumplido con todos los elementos del debido proceso.

De lo anterior se desprende que, como todos sabemos, la Revolucin Francesa y la primera constitucin de los Estados Unidos fueron los primeros pasos para proteger los derechos bsicos del pueblo, como la libertad del apartheid. En vista del poder y el consiguiente control mutuo, el desarrollo de un sistema de proteccin judicial eficaz proporciona otra contribucin importante para contener el poder del Estado sobre los ciudadanos.

 

Definiciones

El jurista JUAN MONROY GLVEZ seal en una de sus obras que en la poca actual hay una lucha entre garanta y urgencia. Muchas veces, para lograr un objetivo, se ha olvidado del otro. El procedimiento de garanta debe tener distintas frmulas para asegurar la duracin del procedimiento, a fin de que no se destruya ni se acaben los derechos de la persona adecuada, y este es el mbito donde se insertan las modernas medidas preventivas de proteccin.

De acuerdo con la doctrina constitucional, en este caso nos centramos en una de las obras del fiscal Augusto Morello dice; "el derecho a la tutela judicial efectiva se configura fundamentalmente ya que se garantiza que las pretensiones de las partes involucradas en el litigio sern resueltas por el Poder Judicial con estndares legales razonables (Morello, 1994, p. 286).

Hay dos conceptos de tutela judicial, que conviven en una relacin que no siempre es armoniosa. Uno es el derecho procesal, en el cual la tutela judicial es la actividad de las instituciones judiciales para salvaguardar los derechos e intereses subjetivos protegidos por el ordenamiento jurdico, situacin que se lleva a cabo cuando el campo social ha sido afectado por el conflicto. La relacin ya existe entre la gente y el gobierno. En este marco, el Poder Judicial cumple su funcin, es decir, adoptando las leyes y reglamentos aplicables, y luego de evaluar las posiciones de las partes afectadas por el mismo, brindar proteccin a los derechos de las personas y brindar soluciones adecuadas a las controversias.

El otro es el concepto de la Corte Constitucional, en el cual, cuando el Poder Judicial realiza una solucin razonable del caso, tiene derecho a la tutela judicial efectiva, pero debe entenderse que la solucin debe abarcar el tiempo de la jurisdiccin judicial y la Manejo de procedimientos judiciales. Trmites, resolucin de casos y ejecucin de sentencias firmes. Como veremos ms adelante, los requisitos de razonabilidad adoptan diferentes formas y tienen distintos niveles de requisitos, segn el momento procesal, sin embargo, en todo caso, la razonabilidad se diferencia de la correccin o idoneidad de las decisiones judiciales.

La razonabilidad es la calidad del discurso utilizado por el poder judicial para disputar la resolucin de cada caso, y el xito es la calidad de la solucin que brinda el poder judicial para las disputas. La solucin judicial puede ser razonable. Si la institucin judicial aplica las normas que regulan el problema y lo interpreta de acuerdo con los estndares de interpretacin aceptados en el campo jurdico, y su argumentacin sigue una lnea lgica de pensamiento, aunque la solucin derivada de su razonamiento puede ser razonable.

El concepto propuesto en la jurisprudencia del Primer Tribunal Constitucional del Ecuador, en la actualidad el caso ha superado el plan al decidir el conflicto para ser sometido a estudio de la empresa jurdica. El derecho judicial ha cobrado un nuevo valor en respuesta al modelo vanguardista adoptado por el texto constitucional, modelo que ha comprendido la importancia de la justicia material en cada declaracin, lo cual se logra claramente al creer en el impulso del juez. El derecho tambin se debe a la unidad y apertura de todas las decisiones. (Ruiz Guzmn, Aguirre Castro, & Avila Benavidez, 2016)

Por lo tanto, la Corte Constitucional del Ecuador se ha mostrado activa en la difusin de sentencias y opiniones emitidas dentro de su mandato, y ha promovido una comprensin plena de la justicia constitucional, sus instituciones y funciones en cada una de sus publicaciones. En cuanto a la bsqueda de nuevas formas de dar a conocer la declaracin del Tribunal Constitucional, se dio a conocer el llamado concepto. En este trabajo, se entender como la base del Tribunal Constitucional. La estructura se basa en el contenido mostrado en las deliberaciones. del Tribunal Constitucional. (Ruiz Guzmn, Aguirre Castro, & Avila Benavidez, 2016)

 

Caractersticas de la tutela judicial efectiva

Antes de sealar las principales caractersticas de la tutela judicial efectiva, es importante sealar que el seor Jess Gonzles Prez, catedrtico de Derecho Constitucional espaol, seal que la tutela judicial es un derecho de toda persona a la tutela judicial. Justicia; aun cuando presente un reclamo contra otra persona, el tribunal resolver el reclamo mediante un procedimiento de garanta mnima

La tutela judicial efectiva presentar tres caractersticas principales, pero tambin seguir otra teora con otras caractersticas.

 

Garantas de la tutela judicial

Juan Benalczar seal que las siguientes garantas otorgan el derecho a la tutela judicial efectiva:

a)     Libre acceso a la justicia;

b)     De acuerdo con el artculo 169 de la Constitucin, mientras no se sigan los procedimientos, las posibilidades de acceso a la justicia no deben reducirse, siempre que estos procedimientos no signifiquen que las soluciones procesales tengan cambios sustantivos y principios positivos;

c)     Equidad y rapidez de equidad judicial;

d)     Cumplir con la decisin del tribunal.

 

 

Base legal

El artculo 75 de la Constitucin establece que las personas tienen derecho a obtener libremente sus derechos e intereses y a protegerlos de manera efectiva, justa y rpida, lo que debe obedecer a los principios de inmediatez y celeridad. Para Jos Garca (Jos Garca), la tutela judicial efectiva es el derecho a acudir libremente a los jueces y tribunales para obtener sentencias y hacer cumplir las sentencias, de modo que los ciudadanos afectados puedan restituir sus derechos y obtenerlos donde haya lugar. Indemnizacin. Esto se hace para soportar las prdidas sufridas [2]

El Cdigo Organizacional de la Funcin Judicial (COFJ) se estableci en el campo del art. Artculo 23: La funcin judicial es deber bsico de los jueces de velar por que los derechos declarados en la Constitucin y documentos internacionales de derechos humanos o establecidos en la ley sean vlidos cuando sus titulares o titulares de derechos reclamen derechos. Proteccin judicial. Independientemente del problema, el derecho o la garanta requerida, se debe invocar la calidad. Siempre deben resolver los reclamos y excepciones de los litigantes nicamente con base en la Constitucin, los instrumentos internacionales de derechos humanos, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado, las ventajas y desventajas de las leyes y procedimientos.

En el artculo 10 de la Declaracin Universal de Derechos Humanos (1948) se determina que toda persona tiene derecho a un juicio abierto y justo por un tribunal independiente e imparcial en igualdad de condiciones, por lo que sus derechos y derechos son una obligacin definitiva.

El artculo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos (1966) estipula que todas las personas son iguales ante los tribunales y las instituciones judiciales, y toda persona tiene derecho a ser juzgada en pblico y debe estar debidamente garantizada por el personal competente del pas. sitio. Es independiente e imparcial sobre la base de cualquier acusacin.

La "Declaracin de Principios Bsicos de Justicia para las Vctimas de Delitos y Abuso de Poder" (1985) estableci que las vctimas tendrn derecho a acceder a los mecanismos judiciales y recibir una pronta indemnizacin. Los perjuicios que hayan sufrido a travs de procedimientos judiciales y / o administrativos sern rpidos, justos, baratos y disponibles, evitando demoras innecesarias en la resolucin de la causa y la ejecucin de rdenes o decretos de indemnizacin a las vctimas.

El derecho a la proteccin judicial asegura el derecho a recurrir a la justicia y al debido proceso, por lo que tiene un control judicial efectivo sobre el ejercicio del poder pblico. Por lo tanto, se convierte en el derecho a controlar las acciones administrativas que puedan lesionar los derechos de los ciudadanos.[3]

Para la Corte Constitucional (2013), el derecho a la proteccin judicial efectiva es considerado como una de las garantas bsicas para los ciudadanos en el proceso. Este derecho se denomina derecho de peticin en el proceso. Esto ha derivado en una serie de obligaciones en las leyes nacionales. , es decir, el requisito de tener un poder judicial y una persona con jueces, si bien tener poder judicial no es suficiente para proteger al poder judicial, los jueces con jurisdiccin deben asegurarse de que cumplen con la Constitucin y la ley. Derechos civiles, porque una vez que se tomen las acciones correspondientes, los operadores judiciales trabajarn con diligencia en la defensa efectiva de los derechos de manera justa y equitativa entre todas las partes del procedimiento, esa es la ventaja.

Ninguna funcin del Estado debe interferir con el poder conferido por la ley sobre las funciones judiciales, a fin de garantizar un juicio justo de las violaciones y no acatar las normas legales seguidas por el Estado.

 

Comparacin de fallos actuales

SENTENCIA N 108-15-SEP-CC

CASO N 0672-10-EP

SENTENCIA N 232-14-SEP-CC

CASON.1388-12-EP

Se solicito el pago de determinados haberes laborales.

Vulneracin del derecho constitucional al debido proceso en su

garanta del derecho a la defensa por falta de motivacin

El accionante manifiesta que la decisin judicial impugnada vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a la defensa, reconocidos en los artculos 15 y 76,numeral 7 de la Constitucin de la Repblica, respectivamente.

En tal virtud, la tutela judicial efectiva, imparcial y expedita comporta un derecho de las personas de acceder a la justicia y el deber de los operadores judiciales de ajustar sus actuaciones a los parmetros legales y constitucionales pertinentes; de esta forma, se configura el derecho de manera integral, en donde los jueces asumen el rol de ser garantes del respeto de los derechos que les asisten a las partes dentro de cada proceso.

SENTENCIA

1. Declarar la vulneracin de los derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva y el derecho constitucional al debido proceso en la garanta del derecho a la defensa, reconocidos en los artculos 75 y 76 numeral 7, literales a y b de la Constitucin de la Repblica.

2. Aceptar la accin extraordinaria de proteccin planteada.

3. Como medida de reparacin integral se dispone a retrotraer el proceso hasta el momento en que se vulner el derecho constitucional, esto es al momento en que se notific la sentencia, para que el legitimado activo pueda interponer los recursos a los que se crea asistido.

4.Notifquese, publquese y cmplase.

Sentencia N.: 181-14-SEP-CC Caso N.: 0602-14-EP

Accionante: Persona natural

Proceso de origen: Inquilinato (Desahucio) Decisin: Aceptar Conceptos desarrollados: Derecho a la motivacin Motivo: La seora Myriam Isabel Montenegro Gmez, gerente general y representante legal de la compaa AINSA, S.A., present accin extraordinaria de proteccin en contra del auto dictado el 19 de febrero de 2014 por el Juzgado Tercero de Inquilinato y Relaciones Vecinales de la Corte Provincial de Pichincha, dentro del proceso de desahucio N. 794-2013, mediante el cual se resuelve la improcedencia del desahucio, al no existir relacin de inquilinato.

Sentencia N.: 182-14-SEP-CCCaso N.: 1581-10-EP

Accionante: Persona natural

Proceso de origen: Constitucional (Accin de proteccin)

Decisin: Aceptar Conceptos desarrollados: Principio de legalidad Motivo: El doctor Alfredo Albuja Chvez present accin extraordinaria de proteccin en contra de la sentencia del 1 de octubre de 2010, dictada por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, dentro de la accin de proteccin N. 328-2010, mediante la cual se resolvi confirmar la sentencia subida en grado, la cual niega la accin planteada en contra del Consejo de la Judicatura por suspensin provisional del cargo de juez de la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.

 

Anlisis

Dentro de estas sentencias podemos verificar que nuestro Judicial garantiza el principio de tutela judicial efectiva en los fallos, dando la proteccin judicial efectiva; que se refiere a los derechos de litigio y los derechos de litigio. La tutela efectiva presupone esencialmente la existencia de normas procesales adecuadas, aunque en ausencia de normas aplicables, corresponde al juez interpretar la ley, teniendo en cuenta que la tutela judicial efectiva en s misma es un derecho bsico, por lo que est obligado a extraer un procedimiento. que pueda viabilizar el procedimiento de intervencin del imputado, a fin de garantizar al defensor y otorgar competencia para sugerirlo.

El derecho a la tutela judicial efectiva se entiende como los derechos legales de que gozan todos, la estructura jurdica, los derechos bsicos de contenido complejo y reconocidos en la constitucin, incluido el derecho a recurrir libremente a los tribunales para solicitar la proteccin de sus derechos subjetivos. o derechos. Intereses legtimos y obtener soluciones sustantivas basadas en la ley. Por tanto, es fcil entender que, si bien los derechos bsicos estn enunciados de manera simple y breve en la constitucin, existen pocas normas internas que tengan competencias amplias o como la proteccin efectiva. No cabe duda de que tres principios constitucionales tienen efectos normativos especiales: igualdad, presuncin de inocencia y tutela judicial efectiva designada.

Queremos recalcar que los principios constitucionales no son compartimentos estancos, sino que, por el contrario, cada uno de ellos gana valor en otras funciones porque contribuye a promover el valor superior del ordenamiento jurdico. Tambin se entiende que la tutela judicial efectiva no es solo un principio, sino tambin un derecho bsico de toda persona, porque es el fundamento del orden poltico y la paz social, y es tambin un derecho efectivo a la tutela judicial. Su contenido incluye tres Elementos del poder: El poder de entrar en el procedimiento o jurisdiccin, el poder de la defensa contradictoria, y el poder de la validez de las sentencias.

Se trata de un derecho bsico, un principio de tutela judicial efectiva, segn el cual cualquier persona puede y debe ser protegida al presentar reclamaciones ante los tribunales y en paralelo. Evidentemente, lo que vale la pena mencionar es la tutela judicial efectiva. La doctrina constitucional viene definiendo y resumiendo una serie de conceptos o principios. Estos conceptos o principios se derivan del concepto de tutela efectiva y forman parte del contenido de este derecho bsico.

 

Metodologa

Con la organizacin y planificacin del proceso metodolgico, posterior con la Investigacin y seleccin de informacin del objeto de estudio, adems de la clasificacin de informacin bibliogrfica; se abord el anlisis crtico, y aplicacin de los mtodos de investigacin en referencia desde la ptica constitucional, basado en sentencias, doctrina y experiencias judiciales; se empleara la utilizacin de la retrica jurdica mediante la cual se expondr los lineamientos generales del trabajo, los elementos legales, doctrinarios y las conclusiones a las cuales se ha llegado.

Para el marco metodolgico, utilizamos los mtodos de encuesta desarrollados en las entrevistas a los funcionarios y Abogados en libre ejercicio, con el fin de obtener informacin oral de forma personalizada. Esta informacin tratar sobre hechos subjetivos, como opiniones o valores relacionados con la situacin de la investigacin.

Los resultados esperados del articulo acadmico de alto nivel, es su incidencia en la doctrina jurdica, con temas notorios y explcitos de las connotaciones de la tutela judicial efectiva, para el uso de la academia en general y como bases de motivacin para las resoluciones judiciales.

 

Conclusiones

En primer lugar, la tutela judicial efectiva encontrar dificultades a la hora de interpretarla de manera incomprensible para operadores jurdicos distintos a los que interpretan y estudian el precedente judicial constitucional en el mbito acadmico. La razn detrs de esta estructura es que la Corte Constitucional est interesada en definir su relacin con otras jurisdicciones desde una perspectiva estructural.

Como ya se ha dicho, esta visin requiere una valoracin no del discurso del poder judicial, sino de la racionalidad del discurso del poder judicial. Finalmente, podemos sealar que esta estructura del derecho a la tutela judicial efectiva crea una estructura especial en los argumentos que estn destinados a definir este derecho.

Por supuesto, el derecho a obtener proteccin judicial se puede dividir en cuatro derechos, como el derecho a obtener procedimientos, decisiones judiciales razonables basadas en la ley, la ejecucin de decisiones finales y el derecho a no tener derechos de defensa. Sin embargo, esta descripcin rara vez se refiere al derecho a la proteccin judicial, porque solo confirma que el derecho se aplica a todo el proceso. A travs de este articulo podemos indicar que, en los Procesos judiciales del Ecuador, si se aplica la tutela judicial efectiva en una segunda instancia y no en primera instancia.

 

Referencias

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2.     David, B. N., Andrs, O. S., & Yovany, S. R. (2019). La vulneracin a la tutela judicial efectiva por la imputacin incorrecta de un delito. Revista cientfica mundo de investigacin y conocimiento, 145. Obtenido de http://recimundo.com/index.php/es/article/view/361/pdf

3.     Guzmn, V. A. A. (2010). El derecho a la tutela judicial efectiva: una aproximacin a su aplicacin por los tribunales ecuatorianos. Foro, revista de derecho, (14), 5-43.

4.     Jimnez, D. M. H. (2016). Tipologas de derechos, Una variante en la tutela judicial efectiva? Un anlisis desde la ineficacia de la accin de cumplimiento para los derechos sociales. Revista Va Iuris, (20), 13-28.

5.     Jaramillo, J. L. G. (2018). La accin procesal, entre el derecho a la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia. Nuevo derecho, 14(23), 21-43.

6.     Rendn Reyes, e. D. G. A. R. (2019). Anlisis de la argumentacin jurdica constitucional como base para una tutela judicial efectiva.

7.     Ruiz Guzmn, A., Aguirre Castro, P. J., & Avila Benavidez, D. F. (2016). Desarrollo Jurisprudencial de la Primera Corte Constitucional. Obtenido de http://bivicce.corteconstitucional.gob.ec/bases/biblo/texto/Desarrollo_Jurisprudencial_2012-2015/Desarrollo_Jurisprudencial.pdf

8.     Zambrano Noles, S. (2016). El acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva en relacin con la seguridad ciudadana en Ecuador. Tla-melaua, 9(39), 58-78.

9.     CCE SENTENCIA No. 1679-12-EP/20 (CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, 15 de Enero de 2020).

10.  CCE SENTENCIA No. 232-14-SEP-CC (CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, 17 de diciembre de 2014). CASON.1388-12-EP

11.  CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, SENTENCIA N 029-13-SEP-CC (Constitucin de la Repblica del Ecuador, el Pleno de la Corte Constitucional 11 de 07 de 2013).

12.  CCE - SENTENCIA N 131-16-SEP-CC, CASO N 1035-15-EP (CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR 20 de abril de 2016).

13.  Sentencia Tribunal Constitucional Espaol 164/1991, Recurso de amparo nm. 1.043/1989 (Sala Primera del Tribunal Constitucional). Obtenido de http://hj.tribunalconstitucional.es/docs/BOE/BOE-T-1991-20385.pdf

14.  Sentencia Tribunal Constitucional Espaol 32/1982, Recurso de amparo Num. 234/1980 (Sala Primera del Tribunal Constitucional). Obtenido de http://hj.tribunalconstitucional.es/en/Resolu- cion/Show/74

15.  Constitucin de la Repblica del Ecuador. (2008). Arts. 9 y 75 [] PRINCIPIOS DE APLICACIN DE LOS DERECHOS [] DERECHOS DE PROTECCIN. Manta: Asamblea Nacional de Montecristi.

16.  CDIGO ORGNICO DE LA FUNCINJUDICIAL (s.f.). Art 15 y 23.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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(https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/).



[1] Aguirre Guzmn Vanessa, La tutela judicial efectiva como derecho humano: una aproximacin a su concepcin y situacin en el Ecuador, UASB, 2010;

[2] Garca Falconi Jos, El Derecho Constitucional a la Tutela Efectiva en la Administracin de Justicia, Ed. Rodin, 2004;

[3] Araujo Oate Roco, Acceso a la justicia y tutela judicial efectiva, Colombia, 2011;

Enlaces de Referencia

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