Causas y efectos de la figura del matrimonio igualitario

 

Causes and effects of the figure of equal marriage

 

Causas e efeitos da figura do casamento igualitrio

 

 

 

Vicente Paul Borbor Mite I

vi_paulalcalde@hotmail.com

https://orcid.org/0000-0002-7125-4214

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: vi_paulalcalde@hotmail.com

 

 

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

* Recibido: 23 de noviembre de 2022 *Aceptado: 12 de diciembre de 2022 * Publicado: 9 de enero de 2023

 

  1. Abogado, Magster, Docente de la Universidad de Guayaquil, Ecuador.

Resumen

Este trabajo de investigacin conceptualiza el matrimonio entre personas del mismo sexo que es regulado y amparado en leyes nacionales y que forma parte de un sistema social, que a su vez responde a la secularizacin de la sociedad. Por tanto, muestra cmo el concepto tradicional de matrimonio se extendi en Amrica Latina, lo que llev al rechazo del matrimonio entre personas del mismo sexo. Se tiene como objetivo analizar el matrimonio igualitario desde un punto de vista conceptual, y conocer qu significa reconocer y legalizar las relaciones matrimoniales entre personas del mismo sexo. Por ello, primero analicemos porque el matrimonio igualitario, es una transformacin de los conceptos y leyes matrimoniales tradicionales, es un proceso desarrollado desde la modernidad. Se realiza el anlisis del proceso de secularizacin social relacionado con la norma y sentencias, en el marco de una sociedad heterosexual, las exigencias se han convertido en una lucha, no solo por la diversidad y el modelo de familia. Por ende, se mostrar cmo evolucionan las normas de acuerdo con los comportamientos de sociedades homosexuales. Con la promulgacin de la Sentencia No. 10-18-CN/19, el panorama de las parejas del mismo sexo ha cambiado, debido al alcance y efecto legal de esta sentencia de la Corte Constitucional, la inclusin de los derechos de las Personas del Mismo Sexo (PMS), ha producido diferentes efectos. El trabajo se desarrolla a travs de una investigacin descriptiva, comparativa y valorativa a travs del derecho comparado se profundiza las normas y la metodologa comprende la realizacin de encuestas a abogados.

Palabras Clave: Evolucin; matrimonio; modernidad; leyes; rechazo.

 

Abstract

This research work conceptualizes same-sex marriage that is regulated and protected by national laws and that is part of a social system, which in turn responds to the secularization of society. Therefore, it shows how the traditional concept of marriage spread in Latin America, leading to the rejection of same-sex marriage. The objective is to analyze equal marriage from a conceptual point of view, and to know what it means to recognize and legalize marriage relations between people of the same sex. Therefore, first let's analyze why equal marriage is a transformation of traditional marriage concepts and laws, it is a process developed since modernity. The analysis of the process of social secularization related to the norm and sentences is carried out, within the framework of a heterosexual society, the demands have become a struggle, not only for diversity and the family model. Therefore, it will be shown how the norms evolve according to the behaviors of homosexual societies. With the promulgation of Judgment No. 10-18-CN/19, the panorama of same-sex couples has changed, due to the scope and legal effect of this Constitutional Court ruling, the inclusion of the rights of Persons of the Same Sex (PMS), has produced different effects. The work is carried out through a descriptive, comparative and evaluative investigation through comparative law, the norms are deepened and the methodology includes the realization of surveys to lawyers.

Keywords: Evolution; marriage; modernity; laws; rejection.

 

Resumo

Este trabalho de pesquisa conceitua o casamento entre pessoas do mesmo sexo que regulamentado e protegido por leis nacionais e que faz parte de um sistema social, que por sua vez responde secularizao da sociedade. Portanto, mostra como o conceito tradicional de casamento se espalhou na Amrica Latina, levando rejeio do casamento entre pessoas do mesmo sexo. O objetivo analisar o casamento igualitrio do ponto de vista conceitual, e saber o que significa reconhecer e legalizar as relaes matrimoniais entre pessoas do mesmo sexo. Portanto, primeiro vamos analisar porque o casamento igualitrio uma transformao dos conceitos e leis tradicionais do casamento, um processo desenvolvido desde a modernidade. Realiza-se a anlise do processo de secularizao social relacionado com a norma e as penas, no quadro de uma sociedade heterossexual, as reivindicaes tornaram-se uma luta, no apenas pela diversidade e pelo modelo familiar. Portanto, ser mostrado como as normas evoluem de acordo com os comportamentos das sociedades homossexuais. Com a promulgao do Acrdo n. 10-18-CN/19, o panorama dos casais homossexuais alterou-se, pelo alcance e efeitos jurdicos desta deciso do Tribunal Constitucional, a incluso dos direitos das Pessoas do Mesmo Sexo ( PMS), produziu efeitos diferentes. O trabalho realizado atravs de uma investigao descritiva, comparativa e valorativa atravs do direito comparado, as normas so aprofundadas e a metodologia inclui a realizao de inquritos a advogados.

Palavras-chave: Evoluo; casado; modernidade; leis; rejeio.

 

Introduccin

El derecho de familia en el Ecuador y el mundo es muy importante porque es la semilla de la sociedad, en este sentido el matrimonio es parte central del derecho de familia, ha pasado por un gran recorrido histrico desde el antiguo imperio hasta el nuevo territorio del matrimonio y la conclusin poltica lo permiti establecer como un nuevo imperio. Ms tarde, cuando las religiones estatales se conectaron, el matrimonio por la iglesia se utiliz como modelo de construccin familiar hasta que se alcanz la separacin de la religin del estado y se cre el estado secular.

Aunque tomar mucho tiempo para que los matrimonios sean reconocidos por la ley de manera significativa a partir de entonces, los avances en las reglas y leyes han dado paso a la creacin de regulaciones, el establecimiento de requisitos para los futuros cnyuges y el establecimiento de lmites de comportamiento. De acuerdo con el Dr. Daniel Borrillo, el matrimonio es la relacin entre los cnyuges en una sociedad de obligaciones forjadas y sus obligaciones con la sociedad en general. (Borrillo, 2009). Por tanto, las normas vigentes que regulan el matrimonio como sus requisitos son los pilares bsicos para la creacin de nuevas obligaciones, pero no abarcan todas las aristas que presenta la ley vigente, fruto de la evolucin jurdica a nivel mundial. Para no afectar los derechos humanos.

Seguir la evolucin de esta ley se refleja en el reconocimiento de los derechos de las personas discriminadas, y el matrimonio igualitario es necesario en una sociedad inclusiva como la del Ecuador. Si bien esta tarea ha sido encomendada a legisladores, es necesaria la intervencin de una entidad, que en su hiptesis se ve como una institucin que interpreta la constitucin, sustenta la hiptesis de derechos y justicia, y en el caso de Ecuador es la Corte Constitucional. En este entorno, es necesario distinguir entre nuevos actores sociales, y sealar que el estatus jurdico social muestra un nuevo paradigma en el reconocimiento de derechos sin discriminacin por orientacin sexual o identidad de gnero, y han comenzado a ganar terreno al reconocer derechos. Otros pases logran matrimonios iguales, y el gobierno ecuatoriano debe reconocerlo.

Sin embargo, en la actualidad, el artculo 67, prrafo 2 de la Constitucin pretende hacer una clusula negativa para el matrimonio entre personas del mismo sexo, y no considera la proteccin de los derechos y la no discriminacin en la Constitucin, por lo que es necesario discutir este supuesto. Diversos anlisis desde la academia para posteriormente la han incorporado al marco legal nacional.

La Constitucin ecuatoriana reconoce los matrimonios entre parejas del mismo sexo. Para ello, estudi los hechos, leyes y contenido explicativo de las sentencias 010-18-CN y 011-18-CN emitidas por la Corte Constitucional del Ecuador. Al respecto, destaca la importancia de las decisiones constitucionales que constituyen la transformacin de la interpretacin constitucional. Tradicionalmente, la interpretacin constitucional responde a casos simples o difciles con base en la interpretacin literal.

Por ello, recomienda construir gradualmente la toma de decisiones constitucionales desde una dimensin dinmica y global, y no desde esta ltima, para dar cumplimiento efectivo a la Constitucin y los instrumentos internacionales de derechos humanos. Finalmente, el estudio revela la divergencia de interpretacin relacionada con el caso analizado contextualiza las razones del reconocimiento de este derecho.

 

Estado de Arte

Resea Histrica del Matrimonio del mismo sexo en el mundo

Los historiadores del matrimonio entre personas del mismo sexo tienen mucho cuidado de situar el debate sobre su legalidad en un contexto histrico especfico. En unos 40 aos de tensiones crecientes en torno a los temas culturales, este debate ha adquirido una fuerte dimensin poltica en los ltimos aos. Esta pregunta no es fcil de aclarar, porque a travs de un razonamiento estndar, es difcil para la sociedad o los individuos explicarla. (Salazar, 2018)

El marco histrico que rodea el debate sustenta dos formas de interpretacin, desde las basadas en textos religiosos hasta las derivadas de la ley. Desafortunadamente, en la mayora de los casos, el debate no es un debate civil. Desde el momento en que la sociedad comenz a buscar la respuesta a esta pregunta, los sujetos involucrados sufrieron violencia fsica y emocional (y un sistema de proteccin desigual). Aunque la represin no es la nica expresin en la historia de los derechos de los homosexuales y el matrimonio igualitario, no es la nica opcin. A lo largo de la historia, las relaciones entre personas del mismo sexo han gozado de relativa libertad en diferentes lugares y pocas. (Salazar, 2018)

 

Relaciones del mismo sexo en la civilizacin temprana

Existe evidencia de que ciertas reas de Mesopotamia y el antiguo Egipto toleraron el matrimonio entre personas del mismo sexo. Por ejemplo, los artefactos de Egipto muestran que no solo existen relaciones entre personas del mismo sexo, sino que estas uniones son reconocidas por el reino, como el descubrimiento de la tumba de un faran construida para parejas del mismo sexo. Al mismo tiempo, los registros de los israeles que salieron de Canan incluyen condenar a los egipcios precisamente porque aceptaban costumbres matrimoniales entre personas del mismo sexo; en comparacin con Mesopotamia, estas costumbres y acciones eran poco conocidas en Egipto, donde existen diversas otras culturas. (Salazar, 2018)

Las leyes registradas de Mesopotamia, incluido el Cdigo Hammurabi, no contienen restricciones sobre las uniones del mismo sexo, aunque los matrimonios estn bien regulados. En la antigedad clsica de Occidente, a menudo se citan ejemplos de amor y relaciones entre personas del mismo sexo, pero los conceptos de homosexualidad y heterosexualidad no tienen las mismas caractersticas que hoy. (Umanzur Rubio, 2019)

Por ejemplo, en los seminarios (banquetes) de Platn, para la antigua Grecia, se describan las formas de atraccin homosexual y las relaciones entre personas del mismo sexo sin condenarlas. Otros autores sealan ejemplos de interacciones entre personas del mismo sexo en obras de arte griegas que demuestran an ms su estatus igualitario en la sociedad. Este es un estado personal que es esencial para la libertad de expresar amor. (Umanzur Rubio, 2019)

Por otro lado, los hombres mayores de entre 20 y 30 aos actan como mentores de los jvenes menores de edad. Esta relacin incluye rituales de cortejo estndar. En Grecia, el atractivo masculino entre los hombres a menudo se considera un signo de masculinidad. Como se entiende, la ocurrencia de uniones del mismo sexo, adems de uniones heterosexuales entre hombres y mujeres, es tambin una forma de aprendizaje entre profesores y alumnos, ms all de su acuerdo heterosexual. Estas creencias no eran comunes en la antigua Grecia. Algunos estados no aprueban estos rituales y relaciones.

En la historia temprana, las principales consideraciones para las relaciones entre personas del mismo sexo solan ser el amor, la belleza y el carcter sobresaliente, ms que el gnero. La homosexualidad tambin tiene una base cultural y religiosa; los registros mitolgicos griegos hablan de conexiones entre el mismo sexo, como dioses de alto nivel como Zeus. Las epopeyas de Homero "Ilada" y "Odisea" contienen poemas que sugieren el amor homosexual a una audiencia educada. Pero la cultura ha sufrido una transformacin, durante la cual la expresin del amor homosexual ha cambiado de pblico a oculto.

En cuanto a las costumbres sociales romanas, estas son bien conocidas; hay lugares donde existen uniones del mismo sexo en los estratos superiores de la sociedad; es decir, entre los emperadores romanos. El poltico romano Cicern tambin document los derechos legales de las personas en alianzas entre personas del mismo sexo. Sin embargo, las uniones entre mujeres parecen ser menos comunes, pero esto se debe solo a que las mujeres disfrutan de menos libertad en las actividades econmicas y sociales.

Con el tiempo, Roma experiment un camino similar al de Grecia entre la Primera Repblica y el Imperio, y con el advenimiento del cristianismo, aumentaron las actitudes negativas hacia las uniones del mismo sexo y los comportamientos sexuales no reproductivos. En el siglo IV, cuando el estado aprob una ley para castigar a cualquiera que registrara un matrimonio con el mismo sexo, la ansiedad generalizada por las uniones entre personas del mismo sexo alcanz su mxima expresin.

 

Definicin de Matrimonio

Para Gonzlez citado por (Ocampo, 2015) el matrimonio ...no es una relacin jurdica sino sentimental, por ende, su celebracin no equivala a la de un negocio jurdico que se perfeccione como acto formal de derecho privado (Pg. 4), mientras que Alvaro Tafur afirma que (Tafur, 2016) ...los fines del matrimonio son la cohabitacin sexual y la procreacin, cuyo fin es la creacin de la familia, especficamente la familia legitima que tiene su origen en el matrimonio, es la procreacin y perpetuacin de la especie humana (Pg. 33).

De esta manera, se entiende por la figura jurdica de matrimonio como un medio para constituir una familia, desde la perspectiva de religin y sociedad la finalidad del matrimonio es construir una familia cuyo fruto es la concepcin de hijos el cual sern resguardados y cuidados dentro de la contencin de una familia (Ocampo, 2015).

 

Definicin del Matrimonio Igualitario

El autor (Alarcn, 2018) afirma que debido a las demandas por parte de los colectivos LGBTI sobre el matrimonio igualitario, nace el argumento jurdico, social y poltico de la existencia de las uniones civiles, de hecho, o de orden contractual, que garantizaran los mismos derechos (Pg. 110).

Desde el ao 2003 en adelante varios pases bajos aprobaron el matrimonio igualitario, es decir frmulas conyugales para las parejas homosexuales en sus legislaciones, tales como Blgica en 2002; Canad y Espaa en 2005; Sudfrica en 2006; Noruega y Suecia en 2009; Argentina, Islandia y Portugal en 2010; Dinamarca en 2012; Brasil, Francia, Uruguay, Nueva Zelanda, Inglaterra, Gales y Uruguay en 2013; Finlandia, Luxemburgo y Escocia en 2014; Estados Unidos, Irlanda y Mxico en 2015; Colombia en 2016; Alemania, Australia, Austria y Malta en 2017; y el Ecuador en 2019 (Zelada, 2018, pgs. 162 - 163).

 

Principios vinculados

Principio de Supremaca Constitucional

Este principio se encuentra consagrado en la Carta Magna como una norma suprema, la cual prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurdico, por ende, los actos del poder pblico, as como las disposiciones normativas deben estar acorde a las disposiciones constitucionales para que no carezcan de eficacia jurdica.

Por su parte, (Maigualema, 2017) manifiesta que la supremaca constitucional es un principio terico del Derecho Constitucional que ubica a la Carta Magna de un pas jerrquicamente por encima de todas las dems normas y leyes jurdicas, internas y externas, que puedan llegar a regir sobre un determinado Estado. (Pg. 23).

 

Principio de Legitimidad

El autor (Ezcurra, 2020) habla sobre el principio de legitimidad afirmado que:

Cuando una norma jurdica es obedecida sin que medie el recurso al monopolio de la ley y apela al ideal de tica o justicia que debe incorporar toda norma. Esta legitimidad se subdivide en dos especies: legitimidad formal y material. La formal se entiende como el correcto proceder del Poder Pblico con respecto a los procedimientos establecidos en el ordenamiento jurdico. El material es, a su vez, el reconocimiento del pueblo respecto de la ley creada o de la actuacin del poder pblico y nos remite al contenido tico de la norma en la que ha de ser aplicada.

 

Principio de Legalidad

Por su parte, (AUCAHUASI, 2019) manifiesta que la legalidad es ...un principio jurdico, de derecho positivo y de ciencia poltica con repercusiones en el derecho internacional, que se conceptualiza como el cumplimiento estricto de la normatividad para determinado acto de gobierno.

 

Igualdad en el matrimonio entre personas del mismo sexo y posibilidad de adopcin

Insisto en que los homosexuales tienen pleno derecho a contraer matrimonio, y sus solicitudes de adopcin de nios abandonados se manejan de la misma forma que las parejas heterosexuales. Las razones son las siguientes:

La ley ecuatoriana nos dice que el matrimonio es una alianza formada por un hombre y una mujer para vivir juntos, tener hijos y ayudarse mutuamente. Esto es contrario al argumento legal de que el matrimonio es un derecho bsico estipulado en el artculo 16.1 de la Declaracin Universal de Derechos Humanos de 1948.

Los legisladores de los Pases Bajos, Blgica y Espaa entendieron que deba eliminar la discriminacin basada en la orientacin sexual y hacer realidad los principios y valores protegidos por la Constitucin. Decidi extender el matrimonio a todas las personas, reconociendo as el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo.

A juzgar por un anlisis detenido de la constitucin comparada, es necesario modificar el concepto tradicional de matrimonio concebido especficamente para hombres y mujeres. Esto es casi ilgico, porque la heterosexualidad no constituye un elemento definitorio del matrimonio, y es una caracterstica que puede cambiar sin cambiar el contenido basado en la construccin de la familia, y la familia se convierte en una fuente de apoyo y unidad para sus miembros.

Como todos sabemos, la fertilidad no depende de la voluntad ni de los legisladores ni de los propios homosexuales, aunque esperen alcanzar todas las metas matrimoniales formuladas desde la sociedad homosexual, no podrn lograrlo. La solucin ser la sustitucin constitucional y la posterior reforma del artculo 81 del Cdigo Civil, pero mientras no se haga, la prueba de igualdad colapsar en este punto. Las letras o las marchas de orgullo o vergenza son intiles. No hay eso. Esto debe considerarse seriamente. Sin embargo, si nos ponemos a pensar, nos daremos cuenta de que las palabras para defender los derechos de las minoras deben ser distintas. Ahora es el momento de actualizar el discurso, porque el gerente simplemente no puede vencer al titular debido a sus motivos inestables.

Lo ms importante es asumir que el parto no puede seguir considerndose uno de los propsitos bsicos del matrimonio de nadie. Hay millones de parejas heterosexuales que se casan para vivir juntas o vivir separadas para mantener su individualidad y espacio personal. Otras ni siquiera se ayudan entre s ante problemas graves como desastres emocionales o econmicos, y algunas s lo hacen. ni siquiera se ayudan a pesar de vivir juntos, se apoyan mutuamente, no quieren hijos incondicionalmente, no los quieren para nada. Se puede ver que no hay pasin, ni odio, ni palabras difciles de encontrar. El matrimonio es una estructura legal que debe cambiarse. La procreacin no debe considerarse como el objetivo final de la unin matrimonial, sino como una posibilidad de atraer a ciertas personas. en lugar de atraer. Medios humanos. Se interesar por otras personas, pero no legitimar los grupos LGBTI.

 

Metodologa

La modalidad de la presente investigacin es cuali-cuantitativa, es cualitativa, debido a que se efectuar e indagar dos enfoques: el terico y el prctico conforme al razonamiento constitucional y de derechos fundamentales que tomaron los jueces constitucionales para dictar la sentencia NO. 10-18-CN/2019 sobre el matrimonio igualitario, considerando la bsqueda de fuentes de informacin para una posterior fundamentacin, y cuantitativa la cual permitir analizar e interpretar la informacin recabada a travs de estadsticas y frmulas matemticas.

 

Resultados

El ordenamiento jurdico ecuatoriano es muy voltil o deja muchos vacos jurdicos porque no se concedern otros derechos, pero al igual no se puede garantizar una adopcin para las parejas del mismo sexo lo cual queda en una gran problemtica. La justificacin de realizar el presente trabajo se consolida desde el punto de vista del principio de igualdad pues si bien las parejas homosexuales o las parejas Homo parentales a qu hora en derechos jurdicos basados en los principios que garantiza un estado hacia sus ciudadanos sin hacer discriminacin de ningn tipo, es por esto que nos concentramos en cuanto al derecho de adopcin que debera ser permitido que realicen estas parejas o grupo de la sociedad es por esta premisa en que existe se considera que existe un vaco jurdico dentro de la legislacin ecuatoriana porque si bien te ampara un derecho porque te priva de otro en muchos casos este factor se ve involucrado por la aberracin que tiene la misma sociedad por este gremio como es el LGBTI.

Se enfatiza la importancia de la decisin constitucional que constituye la transformacin de la interpretacin de la constitucin. Tradicionalmente, la interpretacin de la constitucin da respuestas jurdicas a casos simples o difciles con base en la interpretacin literal. Por ello, recomienda construir gradualmente la toma de decisiones constitucionales desde una dimensin dinmica y global, en lugar de esta ltima, para dar cumplimiento efectivo a la Constitucin y los instrumentos internacionales de derechos humanos. Finalmente, el estudio revela la divergencia de interpretacin relacionada con el caso analizado y analiza las razones por las cuales este derecho se reconoce a travs del control constitucional y no a travs de reformas constitucionales.

Cabe recalcar que hay muchas sentencias de la Corte Constitucional en casos de matrimonio igualitario se ha determinado de que la sociedad evoluciona con el pasar de los aos es por eso que tambin se puede fundamentar la concepcin al derecho a la adopcin de menores por parte del matrimonio igualitarios con el propsito de que no exista vulneracin de derechos o la concesin de derechos de forma parcial s no ampliare la calidad jurdica que tiene nuestro sistema legal. Sealando textualmente que el Estado de ecuatoriano dentro de su Carta Magna indica que es un estado garantista de derechos es por eso por lo que se debe de dar conceder a los ciudadanos sin importar su sexo su orientacin sexual ni cualquier otra circunstancia se le pueda conceder los derechos de forma total no solo una parte de los derechos que forman parte de la vida cotidiana de muchas familias ecuatorianas en este caso de las familias homosexuales.

Reconocer la constitucionalidad del matrimonio entre personas del mismo sexo. En ambos casos se comprueba la divisin de opiniones de la Corte Constitucional, sealando que existen dos o ms formas de interpretar y aplicar la Constitucin y los instrumentos internacionales de derechos humanos. Adems, la frase correspondiente abre la posibilidad de iniciar todo el debate para definir qu se encuentra en una situacin difcil o si hay una respuesta correcta. No cabe duda de que el propsito de la decisin mayoritaria es establecer una decisin de proteccin integral de derechos. Sin embargo, el camino de la argumentacin hacia este tipo de axiologa e interpretacin hermenutica es diferente, es decir, la mayora de los jueces del Tribunal Constitucional tienen diferentes motivos para garantizar el matrimonio igualitario. Por otro lado, vale la pena enfatizar la importancia del anlisis del voto de las minoras, que, basado en la rigidez y el significado literal de la constitucin, dio una respuesta legal completamente diferente a los casos de matrimonio.

La propuesta de reforma constitucional aumenta la posibilidad legal de matrimonio entre parejas del mismo sexo y presenta interesantes razones para el voto minoritario. Estas razones dependen en ltima instancia de la voluntad menos clara de los votantes con respecto a la definicin de matrimonio, lo que explica la diferencia con el voto mayoritario. Lo fundamental las explicaciones son divergentes. Los escenarios para el propsito del anlisis de casos implican enfrentar las limitaciones de las diferentes tradiciones legales en la interpretacin constitucional, pero estos escenarios son inevitables en la formacin de las leyes nacionales, lo que nos permite demostrar la complejidad de resolver casos difciles.

En cambio, la eleccin de entender el caso con base en la interpretacin global de la constitucin, la adaptacin a la dinmica social o los principios teleolgicos ha llevado a una interpretacin progresiva, que es una forma desafiante de qu parte de la cultura jurdica del pas, antes de eso, Autorizar el derecho a conceder el matrimonio entre personas del mismo sexo es un logro.

Por tanto, la sentencia en estudio refleja la polmica en la comunidad acadmica que se especializa en temas constitucionales, e ilustra las diferencias en los procedimientos seguidos en Ecuador para lograr la prrroga del matrimonio. Sin embargo, adems de las tensiones importantes, el gran desafo es que la ciudadana, los parlamentos y la Corte Constitucional puedan recopilar los nomos o identidades de pueblos heterogneos reconocidos por la constitucin, y esta diversidad crea un vnculo entre ellos y sus valores. Lealtad, en el que todas las personas son iguales, es lo que hace de Ecuador un estado constitucional de derechos y justicia.

 

Conclusiones

A modo de conclusin de este trabajo es importante recalcar que la definicin del matrimonio como sistema social proviene de una estructura cultural e histrica que ancla fuertemente las normas del sexo opuesto y, por lo tanto, tiene el propsito de la reproduccin biolgica y hereditaria; adems, la relacin de pareja se caracteriza por relaciones de gnero desiguales y es Se fortalecen conceptos religiosos y tradiciones culturales; trascendiendo el tiempo, la cultura e incluso la civilizacin humana; desde esta perspectiva, se cuestiona la relacin entre parejas del mismo sexo porque no estn en consonancia con el objetivo de la reproduccin "natural", y se clasifican como morales. males y pecados, anomalas, enfermedades, e incluso van en contra de la reproduccin social y econmica sociedad.

En la comunidad internacional y el sistema de derechos humanos, la interpretacin de las normas de los tratados responde a un concepto evolutivo como los derechos de las personas y los grupos humanos basados en el cambio social. Y cultura; en este sentido, cabe sealar que la clusula de no discriminacin abre una serie de situaciones, como discriminar cualquier condicin que sea irrazonable, irrazonable o insuficiente, y otras razones.

Por orientacin sexual o identidad de gnero. Desde esta perspectiva, las distintas agencias del sistema de Naciones Unidas y los sistemas de derechos humanos europeo y americano han emitido declaraciones a travs de opiniones generales, informes, declaraciones, opiniones consultivas y juicios, como detall en este trabajo.

El activismo judicial es un complemento clave del litigio estratgico. Naci a partir de procedimientos destinados a revisar las leyes del apartheid para implementar medidas. Al participar ms rpidamente en cuestiones que tradicionalmente no se consideran justicia y quedan en la imaginacin social y poltica, los jueces pueden ser el motor de la transformacin social y cultural basada en cuestiones raciales, de gnero u otras ideas conservadoras.

Desde esta perspectiva, Ecuador est destinado a enfrentar problemas de matrimonio civil El informe de la Comisin Interamericana de Derechos Humanos y la jurisprudencia y opiniones consultivas de la Comisin Internacional de Derechos Humanos expresan el igualitarismo en el escenario internacional, lo que muestra una importante jurisprudencia y avances normativos, as como un importante desarrollo de los estndares de derechos humanos al respecto. asunto. La corte estadounidense; pero tambin debe enfrentar el trasfondo sociocultural de valores religiosos y conservadores, estereotipos y prejuicios sociales en familias, comunidades e instituciones.

Desde mi perspectiva consider que el Estado ecuatoriano vulnera muchos derechos porque da un derecho que es la Constitucin de un matrimonio, pero no permite la adopcin lo cual perjudica en el otorgamiento de los derechos fundamentales lo cual debera ser analizado por nuestros legisladores y por la Corte Constitucional con la finalidad de que se amparen todos los derechos y que se respete la igualdad de condiciones sin declararse homofbico.

 

Recomendaciones

Se deben considerar los programas acadmicos de derechos humanos y promover los cursos pblicos, diplomados y el desarrollo acadmico profesional especfico en litigio estratgico y activismo judicial junto con el Consejo de la Judicatura, la Corte Constitucional, las Naciones Unidas y el Sistema Americano de Derechos Humanos, como medios para capacitar a los servidores y servidores y operadores del sistema judicial, y consolidar el aporte del Estado laico y de los derechos.

Se deben ajustar y considerar las normas correspondientes sobre asuntos civiles y / o familiares para permitir el matrimonio de todas las personas y prevenir cualquier tipo de discriminacin en el estado ecuatoriano.

Crear ms centros y organizaciones dedicadas a la defensa y promocin de los derechos de la comunidad LGBTI. Tambin emitieron estndares sobre las sentencias finales de la Corte Constitucional, y enfatizaron que Ecuador tiene la obligacin de cumplir con las opiniones consultivas, fortaleciendo as la interpretacin integral de nuestra Constitucin, porque considera la No discriminacin por orientacin sexual o identidad de gnero.

Como recomendaciones contemplar los derechos de adopcin siempre y cuando se den con rgimen de visitas como hacen otras instituciones del matrimonio igualitario en otras legislaciones lo cual ayuda que t consideras un derecho y que ste sea regulado

 

Referencias

1.     Alarcn, P. V. (2018). El derecho humano al matrimonio igualitario en Ecuador. Quito.

2.     Asamblea Constituyente. (2008). Constitucion de la Republica del Ecuador. Quito: Corporacin de Estudios y Publicaciones. Obtenido de Registro Oficial 449.

3.     AUCAHUASI, Y. T. (2019). LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y LEGITIMIDAD EN LA SITUACIN DE EMERGENCIA Y LAS OPERACIONES MILITARES.

4.     vila, R. (2012). Gnero, derecho y discriminacin Una mirada masculina? Revista Umbral, 140-141.

5.     Barahona, A. (2015). Igualdad, familia y matrimonio en la Constitucin ecuatoriana de 2008. Revista Foro, 71-72.

6.     Berrios, F. R. (19 de mayo de 2015). La proteccin d ela familia y el derecho. Obtenido de file:///C:/Users/angie/AppData/Local/Temp/2318-Texto%20del%20art%C3%ADculo-7900-1-10-20160112.pdf

7.     Borrillo, D. (30 de Octubre de 2009). El matrimonio y los derechos fundamentales. Obtenido de Le Club de Mediapart.

8.     Brucil Pupiales, D. M. (2017). El derecho al matrimonio igualitario de personas del mismo sexo. Ambato.

9.     Castro, J. C. (21 de Septiembre de 2019). Matrimonio igualitario: una mirada ms amplia. Obtenido de El Diario El Universo.

10.  Congreso Nacional. (2005). Cdigo Civil. Quito: Corporacin de Estudios y Publicaciones.

11.  Consejo de la Judicatura. (2020). Sistema Informtico Foro de Abogados. Obtenido de https://app.funcionjudicial.gob.ec/ForoAbogados/Publico/frmConsultasGenerales.jsp?txtNumeroPagina=1&Op=s1

12.  Constitucin. (2008). Derechos consagrados en la Constitucin. Obtenido de http://www.fao.org/gender-landrights-database/country-profiles/listcountries/nationallegalframework/rightsentrenchedintheconstitution/es/?country_iso3=ECU

13.  Diario El Vocero. (2019). n Babahoyo y Quevedo se realizan marchas en Rechazo al Matrimonio Igualitario.

14.  Diario La Hora. (2019). Registro Civil ya celebra matrimonios igualitarios. Diario La Hora.

15.  Ezcurra, J. L. (15 de Febrero de 2020). Legalidad y legitimidad jurdica: la equidad como punto de encuentro. Obtenido de Blog Hay Derecho.

16.  Gobierno del Ecuador. (2017). Plan Nacional de Desarrollo "Toda una Vida". Quito.

17.  Maigualema, E. F. (05 de Octubre de 2017). EL PRINCIPIO DE SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL Y LA DEFENSA DIRECTA DE LOS DERECHOS EN NUESTRO SISTEMA PROCESAL. Obtenido de Novedades Jurdicas.

18.  Matrimonio Igualitario, NO. 10-18-CN/2019 (Corte Consttucional del Ecuador 12 de Junio de 2018).

19.  Naciones Unidas. (1948). Declaracin Universal de los Derechos Humanos. Ginebra.

20.  Ocampo, M. C. (2015). Del concepto jurdico del matrimonio: un anlisis doctrinario y jurisprudencial sobre su carcter refractario al cambio social . Colombia.

21.  Ponce, A. D. (08 de Abril de 2014). El Matrimonio. Obtenido de Derecho Ecuador.

22.  Salazar, X. (2018). Uniones del mismo sexo a travs de los tiempos. . Obtenido de http://ciudadaniasx.org/uniones-del-mismo-sexo-a-traves-de-los-tiempos-la-historia-del-matrimonio-gay/

23.  Sashqui Guaypacha, N. D. (2015). Documento de anlisis crtico referencial a la prohibicin de la constitucin sobre los matrimonios igualitarios y el principio constitucional de igualdad y no discriminacin. Ambato.

24.  Tafur, . (2016). Cdigo Civil,Vigesimonovena edicin. Obtenido de El matrimonio: https://repository.ucatolica.edu.co/bitstream/10983/2747/1/Artculo%20merly.pdf

25.  Umanzur Rubio, M. (2019). Matrimonio Igualitario. Obtenido de https://es.scribd.com/document/477237644/trabajo-de-metodos-de-Danny

26.  Zelada, C. (2018). Camino al altar?: El matrimonio igualitario en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Sevilla: Iuris Dictio. doi:http://dx.doi.org/10.18272/iu.v22i22.1208

 

 

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Revista Científico-Académica Multidisciplinaria

ISSN: 2550-682X

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